Lado B
Aun sin reconocimiento del Estado, el matrimonio igualitario es una realidad en Puebla
Las parejas del mismo sexo sí se pueden casar, pese a la iniciativa aprobada recientemente; ONGs preparan acciones para obligar al Estado a armonizar leyes
Por Mely Arellano @melyarel
23 de octubre, 2019
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Matrimonio igualitario

Foto: Marlene Martínez

Mely Arellano | Dafne Betsabe García Mendoza

@melyarel | @DafneBetsabe2

Aunque gracias a una resolución de la Suprema Corte de Justicia y a un amparo colectivo las parejas del mismo sexo sí pueden casarse en Puebla, el gobierno del estado y el Congreso se niegan a reconocer tal derecho y a armonizar las leyes estatales, perpetuando así la discriminación hacia la diversidad sexual.   

Para Marco Antonio Moreno, abogado, defensor de derechos humanos y director operativo de México Igualitario AC, la reciente iniciativa sobre matrimonio igualitario pone en evidencia que en el estado hay dos entes que siguen excluyendo a las parejas del mismo sexo: “el gobernador haciendo una iniciativa que sigue discriminando y el Congreso aprobando esa iniciativa”.

La citada iniciativa de Luis Miguel Barbosa incluyó una reforma al artículo 294 del Código Civil que si bien elimina la noción del matrimonio como un contrato civil “para perpetuar la especie”, sí mantiene que únicamente puede realizarse entre “un solo (sic) hombre y una sola mujer”.

Así, pese a que la iniciativa recibió críticas y rechazo por parte de las organizaciones de la sociedad civil, y la diputada priísta Rocío García Olmedo propuso reservarlo para su modificación, la mayoría de Morena y sus partidos aliados votaron por dejar intacta la redacción enviada por Barbosa el pasado 8 de octubre.

Rocío García Olmedo en sesión del Congreso del Estado de Puebla. / Foto: Marlene Martínez

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“Este gobierno es exactamente igual al anterior. Solo cambiaron los colores, pero es un gobierno retrógrada”, dijo Gabriela Cortés, activista LGBT+ y directora de El Taller AC, un día antes de la sesión en la que el Congreso aprobara la iniciativa.  

Agregó que Barbosa criticaba a la panista Martha Erika Alonso y advertía que iba a ser la continuación del gobierno conservador, “pero es él quien le está dando continuidad, con una iniciativa que otra vez nos discrimina; nos vuelve a decir que no tenemos derechos”. 

En opinión de Marco Moreno este no era un tema de izquierda ni de derecha, más bien “las homofobias atraviesan e intervienen las decisiones de las y los legisladores”, haciendo que dejen de atender a la Constitución e ignoren su deber para armonizar la más reciente iniciativa con respeto a los derechos humanos. 

Tampoco “dan razones [del porqué de su voto], porque como son mayoría aplastante, mayoritean y, sin ningún fundamento de Derecho y ningún alegato que tenga que ver con la Constitución, votan”, lo cual consideró que puede deberse a la manifestación de un capricho o a que alguien les está dictando la agenda; en ambos casos –advirtió– sería grave.

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El matrimonio igualitario es posible

Aunque el Código Civil del Estado de Puebla mantiene en el artículo 297 la frase o porción normativa que dice que el matrimonio es un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer”, desde 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que es inconstitucional por excluir a otro tipo de parejas, favorecer la discriminación y violar el principio de igualdad.

“Las parejas del mismo sexo en Puebla se pueden seguir casando por efecto de la sentencia de inconstitucionalidad (acción de inconstitucionalidad 29/2016) de hace dos años y pueden ir a los registros civiles de cualquier parte del estado”, explicó Marco Antonio Moreno.

En el mismo sentido coincidió la abogada y especialista en derechos humanos, Gabriela Moreno Valle Bautista: “El Código civil lo sigue diciendo, pero jurídicamente no tiene validez la porción normativa un solo hombre y una sola mujer. Si yo voy con mi novia al Registro Civil me tienen que dar mi licencia de matrimonio forzosamente, sin interponer un amparo”. 

Y aunque se afirmó que quienes integran el actual Congreso habían incurrido en desacato por no haber quitado la porción normativa inconstitucional del Código Civil del estado, Moreno Valle Bautista explicó que si bien no es desacato, sí tendrían que haber reformado para alcanzar una armonía legislativa.

Al respecto, el abogado y defensor de derechos humanos, Guillermo Pérez Jaramillo, consideró que el desacato radica, en todo caso, en la omisión del cumplimiento de la resolución del amparo colectivo que varias personas –entre ellas Gabriela Cortés– interpusieron por haberles negado el derecho al matrimonio.

Se refiere al juicio de amparo 48/2016 donde se pidió la aprobación, promulgación y orden de publicación de las porciones normativas contenidas en los artículos 294 y 297 del Código Civil del Estado de Puebla; es decir, la eliminación de la frase “un solo hombre y una sola mujer”, y obtuvieron un fallo a favor.

Ambas resoluciones, la de la acción de inconstitucionalidad de la SCJN y la del amparo, son las que permiten que actualmente en Puebla las parejas del mismo sexo puedan acceder al matrimonio.   

En caso de que se les negara ese derecho, explicó Marco Antonio Moreno, se estaría hablando de un desacato judicial, por lo que se tendría que denunciar al funcionario/a que cometa esa falta ante la Fiscalía General de la República (FGR). 

Una pareja en esa situación, dijo el abogado, podría acercarse a México Igualitario para recibir acompañamiento legal, mandando un correo a mexicoigualitario@gmail.com; o bien, podría contactar a la Fiscalía General de la República a través de la línea telefónica 01-800-00-85-400, mandando un correo a cedac@pgr.com.mx, o acudiendo directamente (Vía Volkswagen Km. 2.5, Hacienda Zavaleta, 72150). 

Foto: Diana Magaña

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La estrategia

Juan Alberto Corona Román, abogado y activista de la asociación Vida Plena Puebla, dijo  a LADO B que desde las organizaciones de la sociedad civil ya están evaluando las  estrategias a seguir para contrarrestar la reciente aprobación de la iniciativa de Barbosa. No obstante, aún están esperando su publicación en el Periódico Oficial.

Por su parte, Marco Antonio Moreno destacó que desde la sociedad civil no se puede interponer una acción de inconstitucionalidad, pero enfatizó que es necesaria “por parte de quienes sí lo pueden hacer y lo tendrían que hacer de oficio”.

De acuerdo con los artículos 94 y 105 de la Constitución, la acción de inconstitucionalidad puede ser promovida exclusivamente por el Congreso del Estado con un mínimo de 33% de representación, la Comisión Nacional o Estatal de Derechos Humanos, o el Fiscal General de la República.

En ese sentido, las organizaciones harían un llamado conjunto a la CNDH, que tendría hasta 30 días después de publicada la ley para interponer la acción de inconstitucionalidad.

México Igualitario AC también está evaluando qué medidas legales son viables para hacer contrapeso a esta iniciativa, y Moreno puntualizó que todo lo harán de acuerdo a los tiempos que la ley provee. 

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Autor Lado B
Mely Arellano
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