Lado B
Rumbo a la Consulta Popular: muchas dudas, poca información
Por Cuauhtémoc Cruz @cuau_cruz
01 de julio, 2021
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Las y los mexicanos estamos convocados nuevamente a las urnas para el próximo domingo 1 de agosto. Ocho semanas después de la jornada electoral en la que renovamos Congresos y Ayuntamientos, celebraremos por primera vez un ejercicio formal de Consulta Popular, este mecanismo de participación directa contemplado en el artículo 35 de nuestra Constitución.

Algunos dicen, de manera tendenciosa, que esta Consulta Popular es para enjuiciar a los expresidentes, particularmente a aquellos del periodo de 1988 al 2018. Si bien esa era la propuesta inicial del presidente Andrés Manuel López Obrador como parte de sus promesas de campaña, lo que tendremos frente a la boleta es más amplio y complejo. Tras declarar constitucional la materia de la consulta, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reformuló la pregunta original enviada por el presidente —que sí traía nombres y apellidos— para quedar como sigue: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”. Una pregunta muy ambigua que puede abrirse a múltiples interpretaciones.

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En todos los procesos democráticos, las y los ciudadanos tenemos que tomar una decisión que puede impactar en nuestra vida nacional. Para ello es necesario y fundamental que se garantice el derecho a la información con el propósito de generar y acceder a información clara, suficiente y veraz para la toma de una decisión: dar un sí o un no.

Retomando el tema de la pregunta, para comprender de mejor manera el alcance y los probables resultados que de ella podrían derivar, sería primordial resolver cinco interrogantes: ¿Qué significa “acciones pertinentes”?; ¿Qué es un “proceso de esclarecimiento”?; ¿Qué es una “decisión política”?; ¿A partir de cuándo tomamos como referencia “años pasados”?; ¿Quiénes son los “actores políticos”?. En otras palabras, pasar del “jurisprudencio” (como dirían en un podcast) a lenguaje ciudadano donde todas y todos sepamos qué significa realmente.

Es cierto que una de las múltiples interpretaciones puede ser la interposición de denuncias ante las autoridades correspondientes (acciones pertinentes) para la investigación (proceso de esclarecimiento) por, pongamos un ejemplo, la omisión del titular del Ejecutivo (actor político) de generar procesos de investigación que hubieran garantizado el acceso a la justicia y el derecho a la verdad (decisión política) ante los hechos ocurridos en 2014 (años recientes) en Iguala, Guerrero. Es decir, el Caso Ayotzinapa, que es por lo que, por lo menos en algunas lonas, se le señala a Enrique Peña Nieto.

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Sin embargo, las acciones pertinentes no se agotan en las probables denuncias. Los procesos de esclarecimiento también podrían contemplar Comisiones de la Verdad como lo sugirió el ministro presidente. Los actores políticos no son solo los expresidentes, también incluiría a funcionarios de todos los niveles; e incluso, hablar de años pasados, también abriría la puerta al actual gobierno: 2019 o 2020 son años pasados. (De ahí que decir que solo es para enjuiciar expresidentes, sería tendencioso). Entender los múltiples caminos que podrían abrirse en respuesta a esta pregunta será fundamental para tomar una mejor decisión.

Es importante recordar también que, para que el resultado de la Consulta Popular sea vinculante, es decir, que genere cierta obligatoriedad para los poderes Ejecutivo y Legislativo (a nivel federal) y/o para las autoridades competentes, es necesario la participación de al menos el 40 por ciento de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. Al 25 de junio pasado, de acuerdo con datos del INE, había 93 millones 439 mil 999 ciudadanos registrados; con ello, se requeriría la participación de, por lo menos, 37 millones 400 mil personas para lograr que el resultado sea vinculante. Solo como dato comparativo, de acuerdo con el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) de la reciente jornada electoral, el nivel de participación fue del 52.6 por ciento.

Así, la Consulta Popular podría derivar en tres probables escenarios: Uno) ¿Qué pasaría si no se alcanza el 40 por ciento de participación para que sea vinculante? ¿Tendríamos una inacción por parte del Poder Ejecutivo? Es decir, al no existir la vinculación, no hay obligación de tomar cartas en el asunto y podría no pasar nada. Aquí vale la pena señalar que tampoco es necesaria una Consulta Popular para que el Gobierno haga su trabajo. Dos) Se supera el 40 por ciento de participación y gana el “No”, ¿abriríamos la puerta (más) a la impunidad? ¿Damos carpetazo al pasado y “borrón y cuenta nueva?” Estoy seguro de que todos pensamos que ganaría el “Sí”, pero sorpresas nos podemos llevar. Tres) Se supera el 40 por ciento de participación y gana el “Sí”, ¿cómo se generarían procesos que garanticen acceso a la justicia, reparación del daño y respeto a las víctimas? ¿cómo garantizamos el derecho a la verdad? ¿El Sistema de Justicia y la clase política están preparados para afrontar esos retos?

En un país como México, con altos índices de impunidad que incentiva la continua violación a los derechos humanos, la generación de mecanismos de justicia transicional es fundamental. No es un tema menor al que nos enfrentamos en este primer ejercicio de Consulta Popular. Ante la complejidad de la pregunta y sus implicaciones es necesario garantizar el derecho a la información previo y posterior a la consulta. Pongamos el tema sobre la mesa y abramos el debate. A un mes de la Consulta, muchas dudas, poca información.

*Foto de portada: Wikimedia Commons

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Autor Lado B
Cuauhtémoc Cruz
Cuauhtémoc Cruz Isidoro, comunicólogo por la IBERO Puebla y maestrante en Periodismo Político por la Escuela de Periodismo Carlos Septién García. Actualmente es responsable de Comunicación del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría y es Secretario del Capítulo Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI Puebla). Se ha especializado en derecho a la información. Chiva y blaugrana de corazón.
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