Lado B
Por falta de claridad en el reglamento, quienes busquen reelegirse podrían tener ventajas
Entre los riesgos que advierten especialistas, jueces e integrantes de la política se encuentran la utilización de las estructuras gubernamentales para influir en el voto
Por Fernando Merino Noriega @FerMerinoN
02 de marzo, 2021
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Por primera vez, tras la reforma electoral de 2014, legisladores, alcaldes, regidores y sindicos podrán reelegirse; sin embargo, el que no tengan que dejar su puesto para ir por la reelección ha generado dudas respecto a si los lineamientos aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral del Estado (IEE) son suficientes para impedir que haya inequidad entre las y los funcionarios que buscan reelegirse y quienes compiten por primera vez por el cargo. 

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Entre los riesgos que advierten especialistas, jueces e integrantes de la política se encuentran la utilización de las estructuras gubernamentales para influir en el voto, la cobertura mediática por la asistencia al Congreso, en particular en el caso de legisladores, y las múltiples interpretaciones del reglamento local en materia de reelección que ha sido impugnado en tres ocasiones. 

Tras el inicio del proceso electoral en Puebla, el 3 de noviembre de 2020, las y los funcionarios tenían que solicitar licencia para aspirar a la reelección, por ello legisladores y alcaldes la pidieron 一aunque muchas solicitudes entrarían en vigor hasta marzo, es decir, 90 días antes de la elección del 6 de junio一, pero el 15 de febrero el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) determinó que esto no era obligatorio, por lo que algunos y algunas desistieron de separarse de su cargo, mientras que otros anunciaron que si dejarían su puesto como “un acto de congruencia”. 

Durante esa sesión del Tepjf, las y los magistrados concluyeron que no había sustento legal para el artículo 17 del Reglamento para la Reelección a Cargos de Elección Popular en el Estado —en el que establecía que la separación del cargo era obligatoria debido a que no estaba asentado en la Constitución local; para hacer válido ese requisito, el Congreso tuvo que haber reformado ese marco jurídico, algo que no hizo.

Pese a la resolución, las dudas sobre si esto afecta a quienes buscan por primera vez un cargo de elección popular persisten; incluso el magistrado presidente del Tepjf, Héctor Romero Bolaños, advirtió que el no exigir a las y los funcionarios que dejen el cargo para buscar la reelección genera inequidad entre las y los candidatos primerizos.

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Aun con lo expresado por Romero Bolaños, el magistrado Luis Ceballos Daza propuso revocar parcialmente el reglamento emitido por el IEE en materia de reelección, para resolver la controversia SCM-JRC-7/2021, presentada por el (PT), en contra de la obligatoriedad de la separación del cargo. Con dos votos a favor, de Ceballos Daza y la magistrada María Silvia Rojas, y uno en contra, de Romero Bolaños, se avaló el resolutivo.

Al respecto, la diputada federal Martha Tagle Ramírez (MC) explicó a LADO B que, después de la reforma electoral de 2014, hubo una omisión legislativa por parte de los congresos que el INE e IEE tuvieron que suplir con lineamientos para contemplar el tema de la elección consecutiva de ciertos servidores y servidoras públicos, y aunque la reforma se aprobó hace más de seis años, México continúa sin una ley reglamentaria al respecto, es decir, “las reglas no son claras”, y muestra de ello es la resolución del Tepjf. 

Al igual que el magistrado Romero Bolaños, Tagle Martínez considera que sí podría existir inequidad pues “a final de cuentas [quienes busquen la reelección] tendrán equipos a su disposición que están pagados [por los congresos o ayuntamientos] y personal de apoyo o asesoría que pueden ser sus equipos de campaña”.

Además, considera que si la o el funcionario que busca la reelección va a tribuna, es difícil determinar o sancionar si eso en algún momento se convierte en un acto anticipado de campaña, porque se realizaría en el periodo de intercampañas —periodo que en Puebla comprende del 13 de febrero al 4 de mayo—, entonces seguirán presentes en las cámaras y eso también les da cierta ventajas, como la cobertura mediática. 

Por lo anterior, la legisladora opina que los lineamientos son “un asunto de [voluntad] de las personas más que darle cumplimiento a las disposiciones de vigilancia,  fiscalización y rendición de cuenta [necesarios para la equidad entre las y los aspirantes]” que están ausentes la falta legislación en la materia.

Qué se busca con la reelección y sus limitantes para lograrlo

Foto: Marlene Martínez | LADO B

Aunado a las posibles ventajas que puedan tener las y los funcionarios que busquen la reelección, es importante recordar cuales son los objetivos que se buscan con extender la gestión de algún personaje político. La diputada Tagle Martínez recordó que la reforma electoral que permite la reelección fue impulsada por la sociedad civil como un ejercicio de rendición de cuentas —al calificar si las y los funcionarios hicieron un buen trabajo o no a través del voto—  y un mecanismo para profesionalizar el parlamento.  

Respecto a esto último, explica que aunque antes no había elección consecutiva de legisladores, muchos continuaban en los congresos y cámaras por varios años intercalando entre una y otra, pero eso no necesariamente ha contribuido a que se profesionalice el trabajo de la Cámara, ya que para que eso ocurra se tiene que “fortalecer el servicio de carrera con quienes trabajan [allí]”, es decir, que se elija al personal de los congresos por su capacidad y no por cambios políticos.

Y a pesar de ser esa la intención de la reelección, de acuerdo con la diputada Tagle Martínez, la decisión de que puedan o no reelegirse las y los buenos legisladores la tienen los partidos políticos, porque las y los funcionarios sólo pueden repetir con el partido o coalición con la que llegaron al poder, “y entonces las posibilidades de reelección dependen de qué cuentas le rindas al partido político y no a la ciudadanía”, dijo. 

Muchas veces la reelección no perpetua a una persona en el cargo, sino a una ideología partidista, y eso ya ocurría antes de la reforma de 2014, pues han habido familias o grupos políticos que han gobernado ininterrumpidamente por muchos años y con la aprobación de la reelección eso se puede acentuar, comentó por su parte Leandro Rodríguez Medina, académico de la Universidad de las Américas Puebla (Udlap), en entrevista para LADO B

Sin embargo, agregó que la continuidad de un personaje en la política depende, al final de cuentas, del voto de las y los ciudadanos, porque eso será una evaluación del desempeño de la persona que estuvo en el cargo y, si es positiva.

Foto: ProtoplasmaKid | Wikimedia Commons

En cuanto a las ventajas de la reelección, Rodríguez Medina explicó que la curva de aprendizaje por la que pasan las y los funcionarios es muy larga, y en los tres años de gestión no es posible implementar las políticas públicas de mediano alcance, lo cual  podría cambiar el obtener otro periodo de gobierno.  

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Por su parte, Bretón Betanzos destaca que es necesario “que las clases políticas asuman un compromiso de vigilar y comprometerse con la equidad en el proceso electoral, evitando por todos los medios (…) obtener ventaja de su posición [pues] la línea entre el actuar oficial y lo que pide la ley es una línea muy tenue”.  

Además, Martha Tagle mencionó que los partidos siguen colocando a los candidatos que quieren y la ciudadanía se tiene que enfrentar a una boleta no con los perfiles que quisieran, sino con la que los partidos ponen, aunque no necesariamente sean las mejores opciones. Destaca que para hacer frente a esta práctica partidista tan arraigada en la política mexicana será necesario que la ciudadanía tome un papel más activo y que conozca y analice a quiénes les van a representar. 

“Del lado de la ciudadanía hace falta mayor formación, [hay personas que] no conocen a sus [legisladores ni alcaldes] ni tampoco les investigan,  y es muy posible que vuelvan a votar [por ellos y ellas] sin saber ni siquiera quiénes son. Por parte de la ciudadanía implica involucrarse más, ver quiénes son, qué han hecho, qué han propuesto, si son congruentes o no”, sentenció la legisladora. 

Por último, la legisladora Tagle Martínez recuerda que en 2024 será el momento en el que las y los senadores puedan buscar la reelección, por lo que una vez concluidas las elecciones de 2021 se tendrá que “hacer una discusión seria respecto a si hay cancha pareja o no para [quienes] van a elegirse de manera consecutiva, respecto a [las y] los candidatos que juegan por primera vez en ese distrito, y ver que realmente pueda haber condiciones para ello”. 

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Y apuntó que una de las opciones para crear condiciones equitativas y evitar estos vicios, sería implementar una elección primaria que fuera directamente con los legisladores, alcaldes, regidores y síndicos que se van a reelegir,  pero refirió que es una discusión que se debe abordar ampliamente.

“[Las elecciones primarias serían] un ejercicio previo al constitucional que permita que haya una deliberación con respecto a quienes son [las y los funcionarios] que van a ir a las boletas, y que haya un proceso democratico de por medio para que no terminen siendo las cúpulas quienes decidan si tu puedes o no puedes volver a ser legislador  no”, concluyó. 

Las reglas de la reelección en Puebla, impugnadas tres veces

Foto: Dimitri dF | Flickr

Tras el revés del Tepjf y el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), el reglamento en materia de reelección del IEE sufrió varios cambios, ya que hubo tres versiones: la primera establecía que la separación obligatoria del cargo tenía que ser 120 días antes de la elección; en la segunda, el TEEP determinó que esa separación no tenía un parámetro de referencia dentro de la ley y lo redujo a 90 días, y por último la resolución del Tepjf que eliminó ese requisito. 

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Por lo anterior, se evidencia la deficiencia de los lineamientos pues no dan certeza a quienes quieren participar en el proceso electoral; hasta el momento, el tema de la separación del cargo ha sido el punto más discutido del reglamento del IEE, el cual establece otros requisitos que también podrían ser impugnados por no estar contemplados en la Constitución del Estado o el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla  (Coipep), así como otros reglamentos, pues el Congreso tampoco legisló de manera detallada el tema. 

Entre los lineamientos que se establecen en el reglamento del IEE se encuentran los siguientes:

Para garantizar la “neutralidad”, las y los servidores en funciones tendrán que manifestar al instituto el cargo al que están postulando, y la información relativa a los días y horas de trabajo consideradas como hábiles. “Esto para vigilar si su actuar está fuera o dentro de su trabajo, y en caso [de que hagan actos proselitistas en horario de trabajo], tendrán que ser sometidos a las sanciones respectivas”, explica a LADO B José Antonio Bretón Betanzos, coordinador de posgrados en la Ibero Puebla.

Otro punto al que se refiere el reglamento es que entreguen la relación de datos del personal de apoyo con que cuentan las y los aspirantes a reelegirse. Así también, tendrán que exhibir su calendario de actividades de precampaña y campaña que tengan previstas, en relación a su participación, y tendrán que entregarlo como un requerimiento para efecto de que la autoridad tenga estos parámetros. 

Las y los aspirantes podrán hacer manifestaciones a favor de su campaña y precampaña, siempre y cuando sea fuera de sus horarios laborales y sin ocupar medios que tengan a su alcance para poder difundir sus mensajes proselitistas. 

Durante el proceso electoral, en los días y horas de trabajo considerados como hábiles para cada candidatura, las y los funcionarios que busquen la reelección no podrán realizar actos que tengan como finalidad promover o influir de cualquier forma en el electorado sobre el voto a favor de sí mismos o a favor de otras personas, a través de eventos como mítines, asambleas o reuniones; campañas de promoción personalizada en televisión, radio, redes sociales y demás medios, así como programas sociales con recursos públicos. 

Pese a que el reglamento contempla obligaciones y sanciones —no muy claras, pues sólo habla de procedimientos sancionadores administrativos, y no especifica cuáles—, José Antonio Bretón sentenció que la emisión de estos lineamientos por parte del instituto fue tardía; si estos hubieran salido en el momento adecuado, los cambios al reglamento podrían no haber llegado tan “de frente al proceso electoral”. 

*Foto de portada: Twitter (@INE_PUEBLA)

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