Lado B
Apenas 5.7% de los feminicidios denunciados en Puebla tienen sentencias firmes
Pese a que desde 2013 se tipificó el delito de feminicidio en el estado de Puebla, según datos del propio Tribunal Superior de Justicia del Estado, de enero de ese año a enero de 2021 ha habido solo 12 sentencias firmes por este ilícito
Por Aranzazú Ayala Martínez @aranhera
29 de agosto, 2021
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Desde que el delito de feminicidio se tipificó en Puebla en 2013 y hasta el 2020, se han dictado solo 12 sentencias firmes —a las que se tuvo acceso mediante una solicitud de información—, lo que de acuerdo con datos públicos de la propia Fiscalía General del Estado (FGE) representaría apenas el 5.7 por ciento, durante ese periodo.

Las cifras oficiales de 2013 y 2014, otorgadas en su momento por el ex procurador Víctor Carrancá en sus informes anuales, registran 12 y ocho feminicidios respectivamente; mientras que de 2015 a enero de 2021, según información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp) se abrieron 187 Carpetas de Investigación (CDI) por el delito de feminicidio; esto significa un total de 207 casos en total.

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De las sentencias firmes —esto es, resoluciones que ya no pueden ser impugnadas mediante ningún recurso, implicando que ya no hay vuelta atrás en las condenas por la confirmación de culpabilidad de las personas victimarias dictadas por el juez—, seis corresponden al nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral, cuatro al sistema penal tradicional y dos calificadas como confidenciales por implicar a menores de edad, llevadas por el Juzgado Especializado en Justicia para Adolescentes.

CDI no llegan a juicio

Pero, ¿a qué se debe que pocos casos lleguen a obtener justicia asegurada? Hay que mencionar que no existe una única respuesta, pero esta complejidad en llegar a una sentencia ya no rebatible se puede deber, de acuerdo con abogadas y especialistas entrevistadas por este medio, a los obstáculos para investigar con perspectiva de género, falta de capacitación y recursos de los y las agentes del Ministerio Público a cargo de las investigaciones, y el que no se aplique el Protocolo Actualizado para la Investigación del Delito de Feminicidio para el Estado de Puebla.

Yuteita Valeria Hoyos Ramos, integrante de la Red de Abogadas Feministas de Puebla, dijo a LADO B que, desde su experiencia, esto se debe a la falta de preparación de los agentes de investigación desde el proceso para recabar pruebas, hasta realizar debidamente las entrevistas a testigos y posibles victimarios.

Asimismo, Yuteita Hoyos también mencionó la importancia de aplicar el protocolo para la investigación de feminicidios, lo cual no se hace de manera correcta, además de la dificultad que implica el acreditar el feminicidio.

En su opinión, el hecho de que haya tan pocas sentencias deja claro que seguramente muchas CDI no están llegando a juicio, o que en cierta etapa del proceso no se está acreditando la existencia del feminicidio.

Foto: Olga Valeria Hernández

El equipo del Observatorio Nacional Ciudadano del Feminicidio (OCNF) a LADO B que en las sentencias públicas lo que se ve es la confesión como principal medio de prueba, lo que evidencia que no se están utilizando otro tipo de pruebas para acreditar los feminicidios, y coinciden con la opinión de Hoyos Ramos.

Tania Verónica Luna fue asesinada el 28 de septiembre de 2016 y a su familia y abogada, Esmeralda Lecxiur, les tomó dos años y medio lograr la sentencia por feminicidio. Pese a todos los obstáculos, su caso se convirtió en un precedente para la entidad, precisamente porque se lograron utilizar las pruebas y métodos que requiere el protocolo para que un delito sea considerado feminicidio, pero no fue gracias a las autoridades, sino a pesar de ellas, como documentó este medio.

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Lexciur dijo que lo que hicieron para lograr que el caso se juzgara y sentenciara como feminicidio fue trabajar “codo a codo” con la Fiscalía, porque la dependencia no tenía personal capacitado para trabajar con perspectiva de género. 

Sin cifras ni transparencia

Cabe destacar el problema de la ausencia de un registro homologado público y disponible para consulta de cifras y casos de feminicidios. La FGE tiene en su sitio oficial un apartado para consultar delitos de género a nivel municipal, pero los datos están disponibles solo desde enero de 2019 y no se pueden descargar ni revisar a detalle.

Los otros datos oficiales los recogen los reportes mensuales y anuales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), que están dentro de su sitio divididos por año, pero sólo a partir de 2015. De 2013 y 2014 sólo existe el registro de lo que reportaba el entonces procurador ante el Congreso.

A la par, los conteos de medios y sociedad civil muestran otra realidad: tan sólo en 2020 LADO B documentó mediante una revisión hemerográfica 81 probables feminicidios, contrario a los 52 CDI que registró el Sesnsp.

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El Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) tenía también un registro hemerográfico anual, actualizado en su página hasta 2020. De 2013 al año pasado tenía un conteo de 521 feminicidios en la entidad, cifra casi tres veces mayor a la que arrojan los datos de las CDI que dan cuenta de 2015 a 2020 de 186 casos.

 

*Foto de portada Marlene Martínez

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Autor Lado B
Aranzazú Ayala Martínez
Periodista en constante formación. Reportera de día, raver de noche. Segundo lugar en categoría Crónica. Premio Cuauhtémoc Moctezuma al Periodismo Puebla 2014. Tercer lugar en el concurso “Género y Justicia” de SCJN, ONU Mujeres y Periodistas de a Pie. Octubre 2014. Segundo lugar Premio Rostros de la Discriminación categoría multimedia 2017. Premio Gabo 2019 por “México, el país de las 2 mil fosas”, con Quinto Elemento Lab. Becaria ICFJ programa de entrenamiento digital 2019. Colaboradora de “A dónde van los desaparecidos”
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