Lado B
Ordena SCJN al Congreso consultar a grupos vulnerables sobre Ley de Educación
Luego de que la SCJN invalidó nueve artículos de la Ley de Educación, el Ejecutivo Estatal y el Congreso dijeron que procederán a hacer las consultas necesarias, esto sin reconocer que excluyeron a personas de pueblos originarios y con discapacidad al no considerarlas en la discusión del dictamen
Por Fernando Merino Noriega @FerMerinoN
01 de junio, 2021
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Claudia* es profesora desde hace 15 años en una escuela rural de Cuetzalan, en la Sierra Norte de Puebla, la cual impulsa un modelo educativo pertinente a la cultura nahua, mayoritaria en la región, ante la ausencia de una legislación que en vez de atender las particularidades de dicha comunidad, entre ellas el idioma, ofrece contenidos homogéneos que no contemplan la cosmovisión de la comunidad. 

La docente desconocía que el 15 mayo de 2020 se modificó la Ley Estatal de Educación, en la que se tendría que haber consultado a comunidades como en la que ella imparte sus clases, pero dice no estar sorprendida de que esas consultas no se hayan realizado pues como pueblos originarios no se les toma en cuenta. 

Por esta falta de consulta a pueblos y comunidades originarias, además de personas con discapacidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó, el 26 de mayo, nueve artículos de la Ley Estatal de Educación que fue una armonización con la Ley General de Educación (LGE), para la cual sí se realizaron consultas en diferentes estados del país.

Ahora los artículos 46, 47 y 48 del apartado “de la educación indígena” y del 51 al 56 del apartado “de la educación incluyente”, así como otras disposiciones de la ley referentes a estos dos sectores, tendrán que ser consultados con las poblaciones indígenas y con discapacidad en un plazo máximo de 18 meses. 

El que no se incluya la voz de estos sectores en la elaboración de políticas educativas no es algo nuevo, y aunque han existido avances en el reconocimiento de los derechos de personas de pueblos originarios y con discapacidad, plasmados en el artículo segundo y tercero de la Constitución, el reconocimiento a veces se queda en un plano enunciativo, pues se incluyen los derechos en las leyes pero no se respetan, dice a LADO B José Sánchez Áviña, académico de la Ibero Puebla. 

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La falta de inclusión de estos sectores en la discusión de las leyes ha provocado que el modelo educativo “lejos de que se adapte a las necesidades de las personas, es a la inversa, [son] las personas [quienes tienen] que adaptarse a las necesidades del modelo educativo”, dice Sánchez Aviña, pues hay factores que diferencian a las y los integrantes de la sociedad, que generan necesidades específicas y que desde los gobiernos no se reconocen; eso es exclusión, señala el especialista.

Eso lo sabe bien Genaro*, joven de 25 años, que durante toda su vida sufrió las consecuencias de un modelo educativo que no le permitió acceder a la educación en igualdad de condiciones de sus compañeros y compañeras, pues ante la falta de infraestructura que le permitiera ingresar a sus clases en plantas altas: tuvo que tomar sus asignatura en línea al no haber elevadores ni rampas, e incluso en ocasiones, cuando se trataba de laboratorios en lo que tenía que poner en práctica ciertos conocimientos algunos compañeros tenían que cargarlo poniendo en riesgo su seguridad y las de quienes le ayudaban. 

El caso de Genaro no es el único, Alejandra*, de 23 años, también tuvo muchas dificultades para poder terminar su educación básica, pues al ser una persona con discapacidad visual no podía leer los libros que le solicitaban en la escuela, ya que estos no estaban en braille, y para poder cumplir con sus tareas su madre tuvo que invertir mucho de su tiempo para pasar los materiales educativos al braille, y sus tareas al mismo sistema para que las y los profesores pudieran calificarle; Genaro y Alejandra consideran que si no se escucha a las personas con discapacidad, es muy poco probable que el sistema educativo sea realmente inclusivo. 

Sánchez Aviña los casos mencionados fueron así por que la interpretación de lo que necesitan las personas indígenas o con discapacidad las hace un grupo de funcionarios y funcionarias que luego convierten estas ideas en políticas públicas que va a aplicar a las “personas de carne y hueso”, muchas veces sin obtener efectos positivos, ya que “es ilógico pensar en un modelo educativo único que sea aplicable a todos [y todas las personas] y que se ha definido desde una entidad centralizada”. 

Y aunque el gobernador Miguel Barbosa minimizó el hecho, en parte porque en un principio fueron diputados de la oposición quienes buscaban echar abajo la Ley Estatal de Educación, para el especialista de la Ibero Puebla el hecho de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), haya presentado la acción de inconstitucionalidad, evidencia la violación de los derechos de las personas de pueblos originarios y personas con discapacidad que ahora la SCJN ha ratificado. 

Minimizar la exclusión, constante en el Congreso y el Ejecutivo  

Ordena SCJN al Congreso consultar a grupos vulnerables sobre Ley de Educación

Foto: Alexander Rabb | Creative Commons

Luego de que se dio a conocer el fallo de la SCJN en favor de la CNDH, el gobernador Miguel Barbosa se limitó a decir que se acatará la sentencia de la corte y se realizarán las consultas a pueblos originarios y personas con discapacidad para incluirles en la reformulación de los capítulos “de la educación indígena” y “de la educación inclusiva” de la ley, y justificó la falta de consultas diciendo en una rueda de prensa, del 26 de mayo, que “se presentó [la ley] así pensado que no era necesario una consulta porque es el mismo texto de la Ley General”. 

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Para José Sánchez Ávila, aunque se hayan hecho consultas en algunos estados para aprobar la LGE federal, era necesario hacer las consultas también para la homologación en el estado, y aunque las leyes generales establecen elementos que no pueden ser modificados en las legislaciones locales, eso no significa que el Ejecutivo y el Congreso tengan que transcribir la ley sin contemplar las condiciones particulares de la entidad. 

No solo eso, el gobernador dijo en referencia al fallo de la SCJN: “se trata solamente de unos artículos de la ley”, pero para el especialista se trata de “artículos que se refieren a una parte importante [de la] población: la población indígena, que tradicionalmente ha sido olvidada, no está en la mirada o en el horizonte del desarrollo de un país como el nuestro”, además destaca que la población con discapacidad  tampoco ha sido atendida de manera adecuada

Por otro lado, la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso, María del Carmen Cabrera Camacho (Morena), dijo en una rueda de prensa, del 26 de mayo, que una vez que el Congreso reciba el fallo del máximo tribunal del país procederá a realizar las consultas pertinentes para “poder dar atención a las necesidades que siempre han sido una prioridad en la Comisión de Pueblos Indígenas de esta Soberanía”.  

Para Sánchez Aviña, es fundamental que el Congreso envíe a la SCJN antecedentes legislativos para que el máximo tribunal del país tenga un mejor conocimiento de cómo fue el proceso que llevó a la aprobación de la Ley de Educación sin las consultas necesarias. 

Además de las consultas, la SCJN solicitó al gobierno estatal y al Congreso  los antecedentes legislativos de la ley, es decir, dictámenes de la Comisión, las actas de sesiones donde se aprobó la votación, las versiones estenográficas de todo el debate legislativo que se generó, en los cuales, de acuerdo con Sánchez Aviña, el máximo tribunal del país corroboró que incumplieron al no realizar parlamentos abiertos. 

Una ley aprobada en menos de una semana 

Foto: jcomp | Freepik

El camino del dictamen de la Ley Estatal de Educación, que fue enviada por el gobernador al Congreso para armonizar la legislación local con la federal, es una muestra más de una constante durante esta legislatura: leyes que se aprueban en fast-track, en tiempos que no permiten siquiera dar cumplimiento a sus propias especificaciones. 

Muestra de eso es que el artículo 47 de la Ley Estatal de Educación establece que “las autoridades educativas del estado de Puebla consultarán de buena fe y de manera previa libre e informada, de acuerdo con las disposiciones legales nacionales e internacionales en la materia, cada vez que prevea medidas en materia educativa relacionadas con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, respetando su autodeterminación en los términos del artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos”; sin embargo esto nunca se llevó a cabo, incumpliendo un artículo

José Sánchez Ávila, quien dio seguimiento a la dictaminación de la ley, recuerda que el  lunes 11 de mayo se ingresó la propuesta de la Ley de Educación, formulada por el Ejecutivo Estatal, al Congreso y se envió a la Comisión de Educación. 

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El jueves 14 de mayo hubo una reunión entre algunas instituciones y organizaciones educativas y civiles, e integrantes de la Comisión de Educación, pero los resultados de este encuentro fueron cambios mínimos en la redacción; un día después, el viernes 15 de mayo, se aprobó por la noche y finalmente el lunes 18 se publicó en el Periódico Oficial; es decir, en menos de una semana se aprobó una legislación que tendría un gran impacto en la vida de las personas

El especialista agrega que el día que se aprobó la ley, el 15 de mayo, se cumplían los 180 días que tenía el Congreso para armonizar la Ley General de Educación con la Estatal, disposición incluida en el artículo sexto transitorio de la Ley General de Educación, por lo que la legislación aprobó la armonización de la Ley General con la Ley Estatal en la fecha límite, trayendo como consecuencia la exclusión de los sectores que ahora el Congreso deberá consultar.

El presagio para la Ley de Educación Superior

Foto: Global Humanitaria | Creative Commons

Con el antecedente de lo ocurrido con esta Ley Estatal de Educación, José Sánchez Aviña advierte que está sucediendo lo mismo con la Ley de Educación Superior en el estado, pues también es una armonización con la Ley General de Educación Superior aprobada el 9 de marzo ,  ya que tampoco hay una apertura para escuchar a las y los diferentes actores (universidades, docentes, estudiantes y sociedad en general) que se verán afectados por esta legislación. 

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“Son ámbitos muy cerrados (…) cuando tú te registras [la página te pregunta]  la organización que representas, imposibilitando, por ejemplo, la participación de ciudadanos [y ciudadanas] de manera libre; [la ciudadanía no tiene] por qué pertenecer a una institución para mostrar su punto de vista sobre una ley”, dice el especialista de la Ibero aludiendo esta situación a la falta de una democracia participativa en Puebla que provoca exclusión. 

La fecha límite para discutir la nueva Ley de Educación Superior es el 20 de junio, ya que al igual que con la Ley Estatal de Educación la Federación, se otorgó 180 días para hacer los cambios pertinentes en Puebla, y a poco menos de un mes de que se cumpla el deadline aún no hay apertura para escuchar a la sociedad para expedir esta nueva ley, aunque el presidente de la Comisión de Educación, Hugo Alejo, dijo que sí se consultará a la ciudadanía y organizaciones. 

 

*Nombre cambiado a petición de las personas entrevistadas

 

**Foto de portada: Alba Sud Fotografía | Creative Commons

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