Lado B
SCJN discutirá si Ley Minera en México viola derechos de pueblos originarios
El 19 de enero la SCJN discutirá un amparo que interpuso la comunidad de Tecoltemi donde señala que la Ley Minera viola directamente los derechos de los pueblos indígenas y el artículo 2º de la Constitución Mexicana
Por Aranzazú Ayala Martínez @aranhera
18 de enero, 2022
Comparte

Actualización (18:00 hrs 19/01/22): En su sesión, que duró alrededor de 30 minutos la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) postergó la resolución del Amparo de Revisión 134/2021, interpuesto por la comunidad de Tecoltemi, del municipio de Ixtacamaxtitlan, al mandar a receso sin haber abordado el tema, y sin fecha prevista hasta el momento. 

Tras el anuncio el Consejo Tiyat Tlali de la Sierra Norte de Puebla por la defensa de la vida y nuestro territorio se pronunció al respecto: «Si bien, no conocemos la razón por la que la discusión fue pospuesta, consideramos de gran relevancia que las Ministras y los Ministros de la Primera Sala tomen el tiempo necesario para analizar a profundidad el caso, tanto lo relativo a las concesiones como a la Ley Minera, ya que se trata de un tema trascendente no sólo para la vida en Tecoltemi, sino también para otras comunidades en México que actualmente resisten en defensa de la vida y sus derechos ante la imposición de proyectos extractivistas, así como para la protección de los derechos de otras comunidades, donde pudiera haber proyectos futuros».

 



Este miércoles 19 de enero la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
discutirá el Amparo en Revisión 134/2021 interpuesto por la comunidad de Tecoltemi, Ixtacamaxtitlán, donde se hablará acerca de la Ley Minera, considerando que ésta viola los derechos de los pueblos indígenas.

En entrevista para LADO B, Diana Pérez, abogada del Consejo Tiyat Tlali, explicó que hace casi siete años la comunidad de Tecoltemi, donde están vigentes las concesiones mineras otorgadas a Minera Gorrión —filial de la canadiense Almaden Minerals—, interpuso una demanda de amparo contra la Secretaría de Economía, el Congreso de la Unión y la Presidencia de la República, exigiendo la cancelación de los permisos otorgados por la Ley Minera, pues va en contra de algunos artículos de la Constitución Política y directamente viola los derechos de los pueblos indígenas.

Este recurso legal es parte de una lucha que lleva casi una década, donde las comunidades buscan que no se haga el proyecto de explotación de una mina de oro a cielo abierto, argumentando que traería daños irreversibles al medio ambiente, además de otras afectaciones que han documentado desde hace ya varios años, como casos de enfermedades en animales y falta de agua.

También puedes leer: Amparo de comunidad poblana pone a discusión la Ley Minera

En este amparo que pide que se cancelen las concesiones mineras en Ixtacamaxtitlán se analizan varios artículos de la Ley Minera, particularmente el 6, 10, 15 y 19, tomando como base la perspectiva de derechos humanos.

La abogada Diana Pérez explicó que en la revisión de la legislación se encontró que dichos artículos van contra la posibilidad de reproducción de la vida de los pueblos originarios; por ejemplo, el artículo 6 dice que las actividades mineras son de utilidad preferente y pública sobre cualquier otro uso que se le dé al territorio.

El artículo 15 dice que las concesiones pueden durar hasta cien años, periodo en el que quien las posea tiene derecho a explotar y controlar la tierra, recursos y vida dentro de los polígonos.

Por otra parte, el artículo 19 de dicha ley da derecho a los titulares de las concesiones a expropiar u ocupar los terrenos que sean necesarios, además de usar el recurso hídrico no sólo para los trabajos de minería sino para otras cosas, dando preferencia al extractivismo sobre las demás actividades.

Semarnat y otras organizaciones sociales se suman a la lucha

Ixtaca StaMaria1 3

Foto: Marlene Martínez

La Ley Minera, publicada en 1992, abrió a México a un sector minero, dando como resultados que, al día de hoy, cerca del 8.5 por ciento del territorio nacional está concesionado específicamente a la minería. La abogada de Tiyat Tlali dijo que si bien esta legislación no regula la vida de los pueblos indígenas, sí los afecta directamente.

También puedes leer: Juzgado reconoce ilegalidad de concesiones mineras en Ixtacamaxtitlán

La propia Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitió un comunicado el 13 de enero donde recalcó que el amparo señala directamente que la Ley Minera privilegia el extractivismo por encima del cuidado del territorio y del agua. 

La dependencia federal expresó su interés en el caso, reiterando que “la preferencia establecida por la Ley para la minería es contraria a la preferencia que tiene el derecho al medio ambiente sano, así como al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades indígenas”.

A la par, las organizaciones Tiyat Tlali y Fundar, quienes han acompañado el proceso de lucha legal de las comunidades de Ixtacamaxtitlán, han lanzado una campaña en la plataforma Change.org para recabar firmas —al momento llevan 10 mil 718 de las 15 mil que buscan— y para pedir que la SCJN declare inconvencional e inconstitucional la Ley Minera, recordando que la actual legislación pone la actividad minera por encima de todo, incluso de la vida y el medio ambiente.

*Foto de portada: Marlene Martínez

Comparte
Autor Lado B
Aranzazú Ayala Martínez
Periodista en constante formación. Reportera de día, raver de noche. Segundo lugar en categoría Crónica. Premio Cuauhtémoc Moctezuma al Periodismo Puebla 2014. Tercer lugar en el concurso “Género y Justicia” de SCJN, ONU Mujeres y Periodistas de a Pie. Octubre 2014. Segundo lugar Premio Rostros de la Discriminación categoría multimedia 2017. Premio Gabo 2019 por “México, el país de las 2 mil fosas”, con Quinto Elemento Lab. Becaria ICFJ programa de entrenamiento digital 2019. Colaboradora de “A dónde van los desaparecidos”
Suscripcion