Lado B
Justicia y ley: Educación moral y ciudadanía
Por Juan Martín López Calva @m_lopezcalva
26 de mayo, 2021
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La distancia entre la ley y la justicia es insalvable por la sencilla razón de que corresponden a distintos campos semánticos: el de la ley es un lenguaje técnico, con todas las virtudes y defectos que eso implica, y el de la justicia es un lenguaje moral. Por supuesto, aspiramos a que las leyes sean justas, pero es imposible que cubran todos los casos, de modo que siempre podrá suceder que una decisión perfectamente legal nos parezca también injusta; pero es eso: nos parece injusta, y ese parecer es opinable.

Fernando Escalante Gonzalbo. «Y el chocolate espeso». Milenio.

En el campo de la educación y, específicamente, en el área temática de Educación y valores dentro de la clasificación del Consejo Mexicano de Investigación Educativa están incluidas investigaciones sobre dos temas que, a veces, se pueden confundir o pensar que son lo mismo, cuando hay distinciones muy relevantes que hacer para identificarlas y delimitar su campo de acción: se trata de la formación moral o ética y la educación ciudadana o formación en ciudadanía.

Si nos aproximamos a su distinción desde lo que plantea Escalante en su magnífico artículo de opinión del que tomo el epígrafe de hoy, la formación moral —entendida propiamente como educación en valores— se ubica en el campo semántico del lenguaje moral, y el de la formación ciudadana, en el lenguaje técnico o jurídico.

Si lo tratamos de entender desde la escala de seis niveles de desarrollo del juicio moral de Kohlberg, divididos en tres estadios, el campo de la educación en valores o formación moral se encuentra predominantemente —aunque está presente en todos los estadios— en el estadio postconvencional, mientras que el de la formación ciudadana se ubicar en el estadio convencional.

Para quienes no conozcan la propuesta de Kohlberg, que se deriva de los estudios de Piaget sobre el desarrollo del razonamiento, aplicados a lo moral, se puede decir sintéticamente que el nivel convencional es aquel en el que los sujetos valoran y toman sus decisiones teniendo como criterio del bien, lo que marcan las leyes o normas establecidas, mientras que en el nivel postconvencional las personas valoran y deciden basados en principios éticos que consideran universales y pueden, o no, corresponder con la ley.

En el terreno de la educación en valores el punto de llegada, la meta que se tendría que alcanzar en esta propuesta teórica, es que los educandos lleguen a un razonamiento moral que se ubique en el estadio postconvencional, es decir, que decidan con base en lo que consideran valores éticos universales, aplicables a todos los seres que pertenecen a nuestra especie homo sapiens-demens.

Sin embargo, para la formación ciudadana es muy relevante generar en los educandos un horizonte que valore la ley y el estado de derecho como un componente básico de cualquier sociedad democrática. Una buena formación ciudadana debe desarrollar en los alumnos la comprensión sobre la naturaleza y funciones de las leyes como base para regular la convivencia pacífica y civilizada, y la necesidad de que las autoridades garanticen la existencia de un estado de derecho en el que se eviten la discrecionalidad, el abuso y la impunidad de quienes violan las leyes, aún cuando esto se haga pensando en que se procede de una manera justa.

El presidente de la República, a pesar de tener una licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública por la UNAM, parece confundir ambos terrenos y ha declarado con frecuencia que ante el dilema entre la ley y la justicia hay que optar siempre por la justicia como valor superior. Siguiendo su ejemplo, el líder de la bancada morenista en San Lázaro, Ignacio Mier, declaró con entusiasmo, después de aprobar de último momento un artículo transitorio sobre la permanencia dos años más del presidente de la Suprema Corte de Justicia que viola abiertamente la Constitución,  que el cumplimiento de la ley es de conservadores y que ellos se guían por la justicia porque están construyendo una revolución.

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En el artículo de Escalante queda claro que si bien es deseable que las leyes sean justas, no siempre lo van a ser, y no pueden además contemplar todos los casos particulares, por lo que habrá ciertas ocasiones en las que una decisión perfectamente apegada a la ley nos puede parecer injusta. No obstante, como dice el autor de este artículo, se trata de un parecer que siempre es opinable o discutible.

En el marco de cualquier sistema democrático, la autoridad y los ciudadanos deben siempre cumplir la ley, y si las leyes son injustas, el procedimiento tendrá que ser el cambio en la legislación y no la violación del marco legal establecido. Salvo los casos extremos en los que sea evidente que la ley es terriblemente injusta y atenta contra la vida, y que exista un gobierno autoritario que no permita ninguna propuesta de cambio legal, como ocurrió por ejemplo con el Holocausto de Hitler y los nazis antes y durante la Segunda Guerra Mundial.

Es posible precisar un poco. Según el caso, romper la ley es también cometer una injusticia, puesto que a ella se atienen otros; es decir, que la ley puede ser injusta, pero la ilegalidad también —por más que uno tenga ánimo justiciero—. Por eso hace falta una razón de peso, definitiva, para optar por la justicia en contra de la ley. Dicho de otro modo, sólo se justifica en casos de fuerza mayor: no puede ser algo cotidiano, repetido, no puede ser en situaciones dudosas, y desde luego no puede ser mientras haya alguna alternativa que no sea la infracción.

Fernando Escalante Gonzalbo. «Y el chocolate espeso». Milenio.

Esta otra cita de Escalante resulta iluminadora porque plantea que si bien la ley puede ser injusta, romper la ley, caer en la ilegalidad, puede también ser injusto por más que se haga con una intención de justicia, porque la ley es el marco en el que todos los ciudadanos y sus gobernantes se mueven, son las reglas del juego con las que todos podemos tener alguna certeza de los límites de nuestra actuación en sociedad.

Por eso, como dice el artículo, para poner la justicia por encima de la ley, en el ámbito de la ciudadanía, en el campo semántico de la técnica, se requieren circunstancias excepcionales que justifiquen esta ruptura, casos de fuerza mayor y no un criterio de actuación cotidiano y, menos, un criterio que sustente las decisiones de la autoridad.

En el caso de las constituciones de la mayoría de los países democráticos —es el caso de la nuestra— se especifica, además, que a los ciudadanos les está permitido todo aquello que no prohiban las leyes, pero a las autoridades solamente les está permitido actuar conforme a las facultades que las mismas leyes les otorgan y no pueden ir más allá de ello, por más ánimo justiciero que las anime. Esto protege a los ciudadanos de quedar a merced de la concepción que tenga cada persona que ocupa un puesto de poder sobre lo que es justo o injusto.

Volviendo al terreno de la educación, es necesario entonces pensar en la distinción y, al mismo tiempo, en la imbricación o relación dialógica que debería existir entre la educación moral y la formación de ciudadanía.

El reto es educar personas que reflexionen y deliberen sus decisiones personales y su participación en la sociedad desde una visión de búsqueda de lo que Lonergan llama el bien humano en construcción, es decir, desde la comprensión y elección de lo que realmente humaniza a la persona que decide, actúa; y a su entorno. Pero al mismo tiempo se trata de educar ciudadanos que entiendan la importancia de la ley y que actúen siempre respetándola, que la analicen críticamente desde el marco moral de la justicia, y que si la consideran inadecuada promuevan su cambio, pero que no pogan como pretexto la justicia para violar el marco legal que ordena la convivencia social.

Formar personas éticas y ciudadanos responsables, activos y comprometidos con el respeto de la legalidad para evitar, como dice Escalante, caer en el autoritarismo porque: “actuar por encima de la ley, con la garantía de hacerlo impunemente, desde el poder, no es un acto justiciero, sino tiránico, por muy buenas intenciones que se tengan”.

*Foto de portada: Sora Shimazaki | Pexels

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Autor Lado B
Juan Martín López Calva
Doctor en Educación por la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Realizó dos estancias postdoctorales en el Lonergan Institute de Boston College. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores, del Consejo Mexicano de Investigación Educativa, de la Red Nacional de Investigadores en Educación y Valores y de la Asociación Latinoamericana de Filosofía de la Educación. Trabaja en las líneas de Educación humanista, Educación y valores y Ética profesional. Actualmente es Decano de Artes y Humanidades de la UPAEP, donde coordina el Cuerpo Académico de Ética y Procesos Educativos y participa en el de Profesionalización docente..
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