Lado B
¿Quién quiere silenciar las mañaneras?
De lo que se trata, así, es de si el presidente es neutral o parcial en la disputa electoral, si inclina o no la balanza como lo hicieron sus antecesores, si gobierna o no con privilegios
Por Roberto Alonso @rialonso
19 de enero, 2021
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Seguramente no son pocos quienes desearían que las mañaneras, esa práctica inédita de comunicación que es muchas cosas a la vez, llegaran a su fin, fueran canceladas y la voz presidencial fuese silenciada, pero cargarle este afán al Instituto Nacional Electoral (INE) distorsiona el de por sí acalorado debate en torno a esta institución, que ahora se extiende hacia el conjunto de organismos autónomos por considerarlos parte de un régimen de simulación y privilegios.

Como ocurre con el INAI, el INE no está exento de facturas, sin embargo, convertirlo en el verdugo de las conferencias matutinas del presidente queda lejos de la aspiración de un órgano electoral que lo que busca es cuidar la equidad en los comicios.

El marco de esta discusión no es otro sino el que fue resultado de la polémica elección presidencial de 2006 y la consecuente reforma electoral de 2007, en la que el principio de equidad se convirtió en el eje rector de los ajustes constitucionales que siguieron a la intervención desmedida en la contienda del entonces Ejecutivo federal, Vicente Fox, en favor del candidato de su partido político, Felipe Calderón.

Aquello derivó en nuevas disposiciones constitucionales en el artículo 41, en cuyo apartado C de su fracción III puede leerse: “durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales como de las entidades federativas”.

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La gran discusión –una discusión formal que, de hecho, sigue abierta y tendrá lugar próximamente en la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)– es si las mañaneras constituyen o no propaganda gubernamental. Para una sala regional especializada de este tribunal es así desde 2019, de ahí que en las elecciones locales de 2020 se ordenó la suspensión de su transmisión íntegra sin mayores aspavientos, aunque esta resolución fue impugnada posteriormente por la oficina de Comunicación Social de la Presidencia de la República.

A dicho criterio se apegó el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, durante su participación en la conversación que tuvo con Ana Cristina Ruelas y Sergio Aguayo el pasado 11 de enero, como parte del Seminario sobre Violencia y Paz de El Colegio de México, en la que manifestó que entre abril y mayo de este año deberá suspenderse la transmisión íntegra de las mañaneras. Con todo, le faltó cautela al hacer una declaración como la que hizo sin que el consejo general del INE se haya pronunciado al respecto.

“Las conferencias mañaneras del presidente de la República, se asume, son un espacio no sólo de información, sino también de promoción de sus logros de gobierno. Su transmisión íntegra es considerada como propaganda gubernamental”, expresó.

No, ni el consejero presidente del INE ni el INE están pidiendo que se cancelen las mañaneras. Lo que está en discusión y que ya se hizo el año pasado es que se suspenda su transmisión íntegra en radio y televisión, no así su tratamiento periodístico, toda vez que no hacerlo podría atentar contra la equidad electoral. Esto, por cierto, no aplica las redes sociales –tan sólo en el canal de YouTube del presidente las mañaneras acumulan 235 millones de vistas–, únicamente atañe a estaciones de radio y canales de televisión y, por tanto, no resuelve el problema de fondo.

Otra discusión, aunque bajo los mismos términos, fue la que tuvo el INE el viernes pasado, en la que una amplia mayoría de nueve votos contra dos definió una serie de parámetros para que las y los gobernantes de los tres niveles de gobierno se conduzcan con neutralidad e imparcialidad, sin persuadir al electorado.

Acatando una orden del TEPJF que obligó al consejo general a tomar una postura institucional luego de que el PRD presentara una queja contra los dichos de López Obrador en diciembre de 2020, el pleno del INE determinó aquellos temas sobre los cuales tanto el presidente como las y los titulares de los Ejecutivos estatales y en general todas las personas servidoras públicas, deben abstenerse durante las campañas y hasta la jornada electoral para no influir indebidamente en la contienda, a saber, el ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos, su vida interna, sus candidaturas, sus plataformas electorales, sus estrategias electorales, las coaliciones o alianzas, y las encuestas de intención de voto.

De lo que se trata, así, es de si el presidente es neutral o parcial en la disputa electoral, si inclina o no la balanza como lo hicieron sus antecesores, si gobierna o no con privilegios. No es censura, no hay agravio ni silenciamientos. Sí es un límite a la libertad de expresión, una modulación, que pone por delante los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad.

Estamos ante un buen ejemplo de la importancia que tiene la autonomía en organismos como el INE. Más allá del desenlace, que involucra en esta historia al TEPJF, queda en claro la relevancia de una autoridad que no es juez y parte, sino que vela por lo que hoy por hoy es el marco constitucional que rige las batallas electorales.

 

*Foto de portada: Gobierno de México | Facebook

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Autor Lado B
Roberto Alonso
Coordinador de la Licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública de la Universidad Iberoamericana Puebla y del Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática.
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