[dropcap]H[/dropcap]oy iniciaré por contarles una anécdota. Era 13 de septiembre de 2014 y yo andaba en el zócalo de la ciudad de Puebla por ahí de las 16:40 hrs., esperaba a alguien en el monumento a Ángeles Espinoza Yglesias. Había mucha gente, como en casi todos los puentes vacacionales. La persona que esperaba llegó 15 minutos tarde, y se perdió del espectáculo que vi. Sucede que alguien del ayuntamiento empezó a tomar fotos. No, no crea que a mí. Tomaba una panorámica del monumento a Espinoza Yglesis, aunque en realidad retrataba a unos chavitos ahí reunidos. Acto seguido se acercó una persona del ayuntamiento con un séquito de alrededor de diez policías, y con toda la amabilidad le dijo a los chavos que se quitaran, que no podían estar ahí y que se llevaran sus cosas. Los jóvenes con la misma amabilidad les respondieron que no estaban haciendo nada, que si querían podían checar sus cosas. Después de cinco minutos y de que los chavos no se quitaban, el señor del ayuntamiento que antes tomaba fotos, se acercó a decirles a los jóvenes que si querían manifestarse lo podían hacer otro día de la semana y de manera pacífica.
Yo que estaba de espectadora a un lado, me quedé con cara de what? ante las peticiones que hacía la gente del ayuntamiento a los jóvenes. ¿Manifestación? ¿A qué hora, en qué momento, cuándo, dónde, quiénes? ¿Por qué el señor del ayuntamiento habrá dicho: “de manera pacífica” cuando los chavos no habían ejecutado ninguna acción violenta?
Lo que sí vi es la eficacia logística del ayuntamiento. En menos de 15 minutos quitan todo aquello que para ellos puede tener tintes de manifestación. Supongo que aplican: más vale prevenir que lamentar.
En menos de quince minutos, el equipo de logística del zócalo poblano hizo:
Nunca supe qué querían hacer esos chavos. Quizás como muchos que andábamos por el monumento a Espinoza, sólo esperaban a alguien.
[quote_left]A todos los que podrían tener un pequeño “poli con iniciativa” muy dentro de sí y piensan que expresar opiniones o manifestaciones no sirve de nada y exhortan a otros a que no lo hagan, sepan que libertad de expresión es un derecho. [/quote_left]
¿Por qué traigo a colación esa anécdota? Porque cuando se habla de libertad de expresión, casi siempre solemos pensar únicamente en los periodistas, un gremio al que en ese asunto le va bastante mal en este país, pues aún con una empresa mediática que los pudiera respaldar son focos de violencia por parte del Estado por informar cosas inconvenientes para ciertos círculos de poder económico o político. Imagínese usted lo que puede ocurrir con alguien común y corriente que pasa por la calle y que la policía le ve pinta de “manifestante”. Si al estado o al crimen organizado le ha resultado sencillo desaparecer a quienes están en el ojo del huracán, por ejemplo a los periodistas, los investigadores o los defensores de derechos humanos, imagínese lo que podría pasar con alguien que no tiene esas cualidades o que no es inmediatamente visible. Quizás alguien que tiene la oportunidad de ejercer el poder (piense en un policía, jefe, funcionario, diputado, presidente, gobernador o similares) al estilo mexicano, donde impera la Ley de Herodes, es probable que en menos de 15 minutos se podría quitar una piedrita del zapato y ni quién se entere.
Chavos (pienso en algunos queridos exalumnos con ímpetu de gritar, de manifestarse y de enseñarnos a los desanimados a que es mejor hacer cosas a quedarse callado) o todo aquel que pretenda manifestarse en la calle (e incluso a través de las redes sociales), deberán saber una cosa básica: tengan siempre un contacto de confianza y díganle lo que piensan hacer y que los monitoree, por si acaso se tardan en llegar a casa. Incluso si no se van a manifestar, siempre es bueno que alguien de confianza sepa por dónde andarán.
A todos los que podrían tener un pequeño “poli con iniciativa” muy dentro de sí y piensan que expresar opiniones o manifestaciones no sirve de nada y exhortan a otros a que no lo hagan, sepan que libertad de expresión es un derecho. Y también sepan que buscar hacer visibles otras voces, por lo general marginadas en la industria periodística, sitúa a los ciudadanos en la posibilidad de asumir su propia agenda informativa sin que sean excluidos por los discursos de los funcionarios oficiales (muchas veces replicados en los medios de comunicación).
O sea, si usted tiene muy escondido un espíritu de “represor sutil” ahí dentro, recuerde que usted también es un ciudadano y no le haga sombra a sus semejantes, por favor. Mejor lea, repasase y recuerde siempre la siguiente información:
a. Fundamento jurídico del Derecho a la LIBERTAD DE EXPRESIÓN (¿En qué instrumento jurídico se encuentra reconocido?) |
Derecho a la Libertad de Expresión, reconocido en:Artículo 19del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
b. Contenidos esenciales. |
Artículo 19 del PIDCP:Libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
Restricciones: a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas. Artículo 13 de la CADH: No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional. Artículo 6 Constitución mexicana: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. |
c. Obligaciones del estado sobre ese derecho y autoridades responsables. |
Obligaciones del Estado: Tiene el deber de representar y garantizar la plena realización de los derechos humanos.[1]Autoridades responsables (en el caso mexicano): Secretaría de Gobernación, Comisión Nacional de Seguridad, Procuraduría General de la República, secretarios de seguridad pública y procuradores generales de justicia de las entidades federativas.[2] |
d. Impacto en el ejercicio de otros derechos. |
Cuando el derecho a Libertad de Expresión es violado, también se violan otros derechos, tales como:
|
e. Derechos de las víctimas. |
En caso de que algún individuo sea demandado o detenido a causa de ejercer su libertad de expresión, o de que el Estado considere que está atentando en contra de la seguridad pública de la nación, la víctima tiene derecho a:
|
[1] Consultar: Pedro Nikken. Sobre el concepto de Derechos Humanos. En: Seminario sobe Derechos Humanos. En: Seminario de Derechos Humanos. IIDH, Costa Rica, 1997, págs.. 17-36.
[2] Consultar: http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Comunicados/2013/COM_2013_237.pdf