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Impugnaciones de la CNDH reflejan trabajo legislativo contrario a DDHH: especialista
La LX Legislatura ha recibido 14 impugnaciones promovidas por legislar, en algunos casos, en contra de principios como la no discriminación; diez de ellas ya fueron resueltas en contra del Congreso local
Por Fernando Merino Noriega @FerMerinoN
31 de enero, 2021
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“Las 14 impugnaciones vía acciones de inconstitucionalidad, presentadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), representan un parámetro de la calidad legislativa y de la garantía de los derechos humanos que [no] se está realizado en esta legislatura”, sentenció Simón Hernández León, coordinador de la licenciatura en Derecho de la Ibero Puebla, pues aunque las y los diputados minimicen el hecho: han legislado en contra de algunos derechos humanos.  

Y es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado diez reformas que el Congreso poblano aprobó durante dos años y medio de gestión, por contravenir a la Constitución o por ser temas para los que no están facultados legislar; el número de impugnaciones es superior al de la legislatura anterior (la LIX), que a pesar de que tuvo un periodo más largo de gestión (15 de enero del 2014 al 15 de septiembre de 2018) acumuló menos: 12, de acuerdo con Hernández León. 

Para el académico de la Ibero, “el alto número de acciones de inconstitucionalidad muestra que se legisla de una manera muy precipitada, [lo que genera]  falta de seguridad jurídica”. Así, también se genera “un gasto de los recursos del Congreso que no terminan de garantizar que la producción legislativa sea acorde con ciertos parámetros de técnica legislativa”. 

Los costos de no legislar correctamente 

Las reformas inconsistentes eventualmente serán anuladas por la SCJN, explica Hernández León, lo que no va a garantizar seguridad jurídica para la ciudadanía, pues al haber cambios legislativos que no entran en vigor o que siguen teniendo efectos mientras se analiza su inconstitucionalidad hacen que se dupliquen legislaciones y esto dificulta a las víctimas exigir y acceder a la justicia, en el caso de las reformas en materia de desaparición de personas que fueron anuladas, por ejemplo. 

Este problema radica en la mayoría política, la cual tiene Morena y sus aliados, explica Hernández León, porque  las decisiones muchas veces se “mayoritean” sin que haya un análisis de fondo de los dictámenes y que terminan por afectar a la ciudadanía, como en el caso de la Ley de Educación que no consultó a los pueblos originarios para su elaboración, lo que podría significar planes de estudio que no sean culturalmente adecuados. 

Asimismo, los Congresos terminan heredando las asignaturas y las impugnaciones pendientes de sus predecesores, por lo que es necesario que las diferentes corrientes políticas “asuman la responsabilidad de que el interés de la ciudadanía prevalezca y que se garantice que el orden jurídico en puebla sea respetuoso y garante de los derechos humanos”, explica.

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Para el académico, los diez juicios perdidos en contra de la CNDH “deben ser una llamada a la autocrítica para revisar los procedimientos de dictaminación y de tener mayor consideración por la áreas técnicas del Congreso, y que eso posibilite que las iniciativas garanticen una serie de requisitos y estándares de calidad”.

Jugocopo y Mesa Directiva minimizan impugnaciones

Impugnaciones de la CNDH reflejan trabajo legislativo contrario a DDHH: especialista

Foto: Marlene Martínez

La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso, Nora Merino Escamilla (PES), minimizó el hecho de que la SCJN haya invalidado las reformas aprobadas por la mayoría de Juntos Haremos Historia, pues declaró en una rueda de prensa: “No veo ningún problema. No está diciendo que hicimos algo malo o que estamos teniendo alguna violación a algún derecho o que estamos teniendo un camino equivocado, lo que está diciendo es que no es nuestra competencia”.

Lo anterior lo dijo en referencia a la más reciente impugnación ganada por la CNDH en materia de desaparición de personas; una muestra de que si hubo una violación a los derechos humamos son los anteriores diez juicios ganados a favor de la institución. 

Gabriel Biestro, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo), dijo en una conferencia de prensa que “no les preocupa” el número de juicios perdidos porque son “la legislatura que más ha tenido actividad en la historia del Congreso” y también declaró que eso es algo normal por los pesos y contrapesos políticos en una democracia. 

Sin embargo, el académico de la Ibero señaló que un alto número de iniciativas presentadas y aprobadas no es un indicador de la calidad legislativa si se tienen que hacer diversas modificaciones por tener vicios de inconstitucionalidad. 

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Incluso la senadora Nancy de la Sierra Arámburo (PT) presentó el 28 de enero un punto de acuerdo en el Congreso de la Unión para exhortar a la presidenta de la Mesa Directiva para que las y los legisladores tomen en cuenta los criterios de la SCJN para la discusión y aprobación de dictámenes. Asimismo le pidió a Merino Escamilla  abstenerse de restar importancia a las sentencias del máximo tribunal del país.  

Las reformas impugnadas

Impugnaciones de la CNDH reflejan trabajo legislativo contrario a DDHH: especialista

Foto: Marlene Martínez

Las reformas impugnadas son las siguientes: el cobro del alumbrado público en los artículos 23 de las Leyes de Ingresos de 75 municipios, con los expedientes 97/2020 y 87/2020, por ir en contra de los derechos de seguridad jurídica y los principios de legalidad y de proporcionalidad en las contribuciones; y los cobros excesivos por el  servicio de acceso a la información en diferentes municipios del estado, con expedientes 27/2019, 22/2019, 17/2019, 16/2019, 13/2019, 10/2019 y 09/2019, por no respetar el derecho a la información y la gratuidad; con eso, suman nueve de las 14 impugnaciones.

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El hecho más reciente fue la invalidación, bajo  el expediente 138/2019, de las reforma a los artículos 128 Bis, en la porción normativa referente a la “desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares”, 304 Bis, 304 Ter y 304 Ter 1 del Código Penal de Estado de Puebla por invadir la competencia del Congreso de la Unión prevista en el artículo 73, fracción XXI, inciso a de la Constitución General para Legislar en Materia de Desaparición Forzada. 

Además, cuatro juicios de inconstitucionalidad están en proceso de ser resueltos, entre los que se encuentran la Ley de Adquisiciones, con expediente 115/2020, en materia de corrupción por violentar el derecho a la igualdad; algunos artículos de la Reforma Educativa, con expediente 186/120, en materia de educación indígena por no respetar el derecho a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada.

En el caso de esta última, comunidades indígenas ganaron un amparo en la justicia federal el 28 de enero en contra del capítulo denominado Educación Indígena, de la Ley de Educación, lo que impide que se aplique; esto podría anticipar que la SCJN resuelva a favor de la CNDH la impugnación a dicha reforma por no consultarles antes de modificar la Ley de Educación del Estado de Puebla. 

Aprueban matrimonio igualitario en fast track después de la impugnación 

El 1 de agosto de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó, por unanimidad, la legalización del matrimonio igualitario en Puebla; sin embargo, el 8 de octubre del 2019 las y los legisladores reformaron el artículo 294 del Código Civil para retirar la porción que establecía que el matrimonio era una unión para “perpetuar la especie”, pero dejaron la noción de que dicho enlace sólo puede celebrarse “entre un solo hombre y una sola mujer”.

“La reforma que limitó el matrimonio igualitario es representativa de esta condición legislativa  deficiente, porque ahí era evidente que se estaba legislando en contra de [un asunto resuelto por la SCJN]; no era un tema novedoso, sino que ya estaba explorado y definido con jurisprudencia; a pesar de ello el Congreso de mayoría morenista legisló en un sentido opuesto al respeto de los derechos humanos y los principios de la no discriminación”, señaló el académico. 

Cabe destacar que la impugnación, con expediente 1/2020, en contra el artículo 294 del Código Civil del Estado que impedía el matrimonio entre personas del mismo sexo, no ha sido discutida por el máximo tribunal del país, y este se suma a los tres restantes que faltan por resolver, sin embargo, ya se reformó el reglamento para garantizar este derecho pero por petición de la SCJN y con una reforma aprobada en fast track.

 

*Foto de portada: Marlene Martínez

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Fernando Merino Noriega
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