Reforma al artículo 480 no subsana la #LeyCensura de Puebla: ONGs

Con 34 votos a favor y seis en contra la aplanadora morenista en el Congreso local aprobó la modificación del artículo 480 del código penal del estado, el polémico artículo que penaliza el asedio digital.

El dictamen aprobado cambió la redacción del artículo de la siguiente manera: «Comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y comunicación , redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, realice acciones de vigilancia hostigamiento o intimidación u ofensa a otra eso y altere su vida cotidiana a la violencia en contra de otra persona, de manera reiterada, produciéndole una afectación a la integridad psicológica de la víctima».

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Y se redujo la pena  mínima de 11 a 6 meses, manteniendo la máxima en 3 años. También se estableció que se excluirá «las manifestaciones o críticas que estén orientadas a satisfacer un interés público, garantizar el desarrollo democrático o traten del escrutinio de cualquier órgano del Estado o persona servidora pública, y todas aquellas expresiones emitidas en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el periodismo”.

Al respecto las organizaciones Artículo 19 y la Red Puebla de Periodistas aseguraron que la reforma impulsada «promovida y presentada por @artemisa_laura no resuelve el problema de fondo: la libertad de expresión aún está en riesgo y el delito no es preciso respecto a la conducta a sancionar.»

Mediante la red X (antes Twitter) la Red Puebla de Periodistas también pidió a la Comisión Nacional de Derechos Humanos «promover el recurso de inconstitucionalidad, para garantizar los derechos a la libertad de expresión e información en el estado de #Puebla«.

A través de la misma red el Espacio OSC que agrupa a 13 organizaciones abocadas a la protección de personas defensoras y periodistas también se pronunció pidiendo a la CDNH y a la Comisión de Derechos Humanos de Puebla promover acciones de inconstucionalidad contra la norma aprobada por el Congreso poblano.

Por su parte Artículo 19 publicó en su sitio un comunicado señalando que «la norma hoy vigente habilita la censura para castigar hasta con prisión a quien ejerza su libertad de expresión y crítica. Y la reforma aprobada tampoco subsana, de ninguna manera, la censura prevista en la primera versión de la ley».

Y agregan: «Es preciso reiterar que en un contexto democrático: la crítica, incluso fuerte y mordaz, está protegida por los estándares nacionales e internacionales dentro del derecho a la libertad de expresión. En ese sentido, la reforma no soluciona en el fondo la amenaza que representa a la libertad de opinión, crítica y expresión. La aplicación del derecho penal debe ser el último recurso del Estado frente a la sociedad. Con el delito de ciberasedio, se criminaliza el ejercicio de derechos que es completamente legítimo y necesario en nuestra sociedad».

Por último, la organización defensora de la libertad de expresión dijo que mantiene el rechazo al delito del ciberasedio con su reforma incluida, y pidió su derogación.

«La única solución democrática y favorable a los derechos humanos es la derogación del actual delito de ciberasedio, en vez de la aprobación de reformas que siguen sosteniendo y legalizando la censura».

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