Lado B
Viene-vienes de centros comerciales pagan por trabajar sin prestaciones
Las personas que se dedican a esta actividad tienen que pagar cuotas, en muchos casos, para que se les permita trabajar, lo cual es un acto ilegal que vulnera sus derechos laborales y humanos
Por Fernando Merino Noriega @FerMerinoN
10 de enero, 2021
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Las personas que trabajan como viene-viene en centros comerciales son un sector del trabajo informal que carece de prestaciones, seguridad social y de un contrato escrito con el espacio en el que desempeñan sus funciones, así como el resto de quienes se dedican a actividades informales; sin embargo, también tienen que pagar –en muchas ocasiones– cuotas para poder trabajar, lo que les convierte en uno de los grupos laborales más desprotegidos, de acuerdo con Elizabeth Camacho, abogada especialista en derecho laboral de la Ibero Puebla.

Además, quienes trabajan como viene-viene tienen que barrer –obligatoriamente en la mayoría de los casos– el estacionamiento al inicio de su jornada laboral que se puede extender por más de 12 horas; algunas veces también tienen que hacer otras labores como acomodar los carritos de supermercado o ayudar a transportar la mercancía a los autos de las y los consumidores, en muchas ocasiones durante la lluvia. 

Bajo el sol, sin horarios para comidas y muchas veces tomando ese trabajo por falta de otras oportunidades laborales, según refieren algunos testimonios, estas personas tienen que hacer frente a la incertidumbre de que su vínculo laboral no sea reconocido por los supermercados en los que desempeñan sus funciones.

En un sondeo realizado por LADO B en distintos centros comerciales de la ciudad de Puebla, 20 personas que se dedican a esta actividad expresaron que la cuota que les piden por trabajar oscila entre los 10 y 70 pesos diarios, sin embargo, ninguna de estas personas supieron explicar si quienes les cobran pertenecen a los supermercados o eran personas externas a estas empresas.

Durante el sondeo hubo algunas personas que no quisieron brindar información alegando que “el encargado” era la única persona que podía dar esos datos, pero al preguntar  en dónde se podía localizar a tal persona preferían no dar detalles o decían que al día siguiente se le podría encontrar.  

En una ocasión, al momento de estos sondeos, una persona estuvo observando de lejos, y minutos después se acercó y pidió que no se siguieran haciendo esos cuestionamientos. En otros casos, las personas entrevistadas dijeron que no les cobraban por trabajar, y coincidía con pequeños supermercados con pocos cajones de estacionamiento. 

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La cuota por trabajar evidencia la precarización laboral que viven estas personas; dicho cobro es ilegal, explica en entrevista la abogada Elizabeth Camacho, pues el artículo 5 de la Constitución Mexicana establece que las personas deben gozar de libertad para trabajar; a nivel internacional el acceso al trabajo también es considerado un derecho humano. 

“Todas las personas nos podemos dedicar a cualquier profesión, industria o comercio siempre y cuando sea lícito, lo cual se podrá vedar o limitar únicamente mediante la resolución de una autoridad judicial. La [ley] no faculta a [ninguna persona] para  cobrarles a [las y los viene-viene], entonces el cobro que les hacen es totalmente fuera del contexto legal”, explica la abogada. 

No existe claridad acerca de dónde provienen las personas que cobran por permitir trabajar a las y los viene-viene, aunque la abogada advierte que en caso de que el cobro fuera solicitado por el centro comercial también sería un acto ilegal, porque “el salario es intocable”, y los únicos casos en los que se podría disminuir es por un juicio de alimentos o como parte de una cuota sindical -en casos en los que existe uno-, aunque esto último es opcional desde la reforma laboral de 2012.

Omisión por parte de los centros comerciales 

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Foto: fill | Pixabay

La abogada refiere que el servicio que brindan las personas viene-viene es lícito, aunque explica que es importante hacer una distinción entre quienes trabajan en espacios privados y en la vía pública, porque en el segundo caso se vuelve más complejo, ya que en ocasiones se han reportado daños a automóviles por no pagar las cuotas, algo que sí puede considerarse como ilegal. 

La Constitución es muy determinante al establecer que está prohibido cobrar por permitir que las personas trabajen, por lo que Elizabeth Camacho considera que “no sería necesario regular más esa actividad”, pues lo que se debería asegurar es el cumplimiento del artículo 5 de la Constitución a través de la intervención de la Secretaría de Trabajo. 

Asimismo, la Ley Federal de Trabajo establece que, haya o no un contrato por escrito de por medio: hay una relación de trabajo entre las personas que prestan el servicio y los centros comerciales. Dichos establecimientos están cayendo en una omisión, pues deberían brindarles un salario, aunque sea mínimo, subraya la especialista. La justificación que utilizan estos espacios para no hacerse responsable de las personas que trabajan como viene-viene, considera la abogada, es que brindan un servicio en beneficio del cliente, y omiten que también están cubriendo una necesidad de la empresa. 

“Ha sido una relación de trabajo [entre las y los viene-viene y las cadenas comerciales] que no se ha querido reconocer por las consecuencias que esto tendría [es decir, mayores gastos operativos]”, sentencia Elizabeth Camacho. 

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Una constante que observa la abogada es que los centros comerciales utilizan los servicios de personas de sectores vulnerables para trabajos informales, pues la mayoría de las personas pertenecen a la tercera edad, y en dos centros comerciales se observó que dos personas con discapacidad eran viene-viene

Obligaciones incumplidas por el Estado 

Roberto Rosete, responsable del área jurídica del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ, destaca que no sólo las empresas caen en omisiones al no garantizar condiciones adecuadas de trabajo para las y los viene-viene, sino también el Estado, pues la falta de garantías laborales provoca la vulneración de los derechos a la salud, la vivienda y la seguridad social, incluidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, asentados en algunas comisiones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

El Estado no ha adoptado medidas para impedir que personas cobren cuotas a [las y] los viene-viene por laborar en un espacio determinado. [Tampoco] se han implementado mecanismos que sirvan de supervisión y control para la aplicación de dichas medidas y de ser posible contemplar sanciones en caso de incumplimiento”, explica Roberto Rosete.

Las medidas, explica el especialista, podrían establecerse a corto y largo plazo. En el caso del corto plazo, los ayuntamientos podrían fungir como mediadores de conflicto entre las personas que trabajan como viene-viene y quienes cobran las cuotas; y, a largo plazo, elaborando “una estrategia integral de política pública que preste atención a [las y] y los trabajadores informales o gente que se encuentra en situación de calle”. 

Acciones legales para resolver la situación

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Foto: Maxburcher

Sin embargo, el retirar parte de su sueldo a las y los viene-viene es el perjuicio de un particular a otro particular, por lo que se vuelve más complejo el poder castigar a quienes piden esas cuotas, explica la abogada y docente de la Ibero. 

En caso de que las personas que son obligadas a pagar una cuota por trabajar quisieran interponer una denuncia podrían hacerlo sin ningún inconveniente, pero la abogada Elizabeth Camacho advierte que “el perjuicio podría ser para el propio viene-viene (…) porque si toda la actividad se realiza dentro de las tiendas, que son propiedad privada, esta tienen todo el derecho de negarles el acceso para que no den el servicio”. 

Presentar pruebas sería otro inconveniente al que se tendrían que enfrentar las personas afectadas; y si se trata de un solo denunciante, la queja podría no tener efecto porque “para la empresa sería más fácil prohibir trabajar a quien se queje”. Por lo que la abogada recomienda que en caso de que las personas estén interesadas en interponer una queja, lo hagan en grupo y con el responsable legal de la empresa, antes que con una autoridad pues esa es la primera instancia para resolver el conflicto. 

En el caso de no tener respuesta, Elizabeth Camacho considera que las personas afectadas tendrían que tener acompañamiento por parte de la Secretaría de Trabajo Estatal, para que las personas que laboran como viene-viene puedan prestar su servicio de una manera óptima, pues el artículo 123 de la Constitución establece que todas las personas tienen derecho a un trabajo digno y socialmente útil, lo cual no se cumple al no tener un salario y tener que pagar por trabajar.

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Los centros comerciales tendrían que reconocer la relación laboral con las personas que brindan ese servicio,  darles un salario mínimo y una protección de seguridad social, para que en caso de que una persona intentara cobrarles por trabajar “por lo menos el [trabajador] pueda acudir a la gerencia o autoridad laboral y tener el cobijo de la empresa”, concluye Elizabeth Camacho.

Pero el Estado también debería garantizar la creación de empleos con mejores condiciones, ya que muchas personas que trabajan como viene-viene declararon que no eligieron esa actividad, sino que fue la última opción que encontraron para poder subsistir.

 

*Foto de portada: Peter H | Pixabay

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Autor Lado B
Fernando Merino Noriega
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