Érika* tenía 21 años cuando supo que estaba embarazada y decidió abortar con misoprostol, medicamento avalado por la Organización Mundial de la Salud. “Vi que lo podía hacer aquí en Tijuana con pastillas y me dije: ‘Bueno, será lo que tenga que ser’”.
Por su experiencia familiar, desde pequeña nunca deseó tener descendencia. Es hija de madre soltera y apenas contaba siete años cuando su hermana mayor, entonces de 16, presentó un embarazo y el padre no se hizo responsable.
“Fue un referente de algo que yo no quería para mí”, relató Érika. “Me sentía muy segura de lo que estaba haciendo. No fue un proceso tan complicado emocionalmente. Me parecía mucho más egoísta traer a un ser vivo que no quería”.
Su proceso lo llevó acompañada por una amiga y por una colectiva que, por internet, la guio con información sobre dosis, preparación y otras dudas. “Fue bastante doloroso. Tuve temperatura, diarrea, cólicos muy fuertes y mucho sangrado. Las chicas (de la colectiva) me dijeron que no tenía que empapar más de una toalla por hora, que si eso pasaba debía ir al médico y decir que no sabía qué me ocurría, porque si se enteraban de que me había provocado el aborto, podía haber una acción legal”.
El Código Penal de Baja California impone penas de uno a cinco años de prisión a las mujeres que cometen el delito de aborto, y de tres a diez años al “médico, cirujano, partero, enfermero o practicante” que lo realice, junto con una suspensión de dos a cinco años del ejercicio de su profesión.
Foto: Elizabeth Rosales Rocha | CIMAC Noticias
El aborto no es punible cuando el embarazo es resultado de una violación o una inseminación artificial no consentida, si la embarazada corre peligro de muerte, y si el aborto se produce por una conducta imprudente de la mujer encinta.
“Pero el estado no está respetando estas causales, hay muchos mecanismos por los que se impide o dificulta el acceso a este servicio”, afirmó Marisol Anzo Escobar, doctoranda en Estudios Culturales por El Colegio de la Frontera Norte, quien desde hace seis años trabaja en temas como el aborto y la maternidad deseada.
Una de las formas en que se les niega a las mujeres interrumpir su embarazo, agregó, es cuando el personal médico de los hospitales alega objeción de conciencia.
A nivel nacional fue relevante, en 1999, el caso de Paulina, quien tenía 13 años cuando fue violada en Mexicali por dos hombres, quedó embarazada y fue atemorizada por autoridades médicas y judiciales para que renunciara a su derecho legal al aborto.
Un caso más reciente se registró en 2016. La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California fue notificada, a través de una queja, de que la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado no autorizó un aborto en Mexicali pese a que se trataba de un caso de violación.
La reforma aprobada en 2016 a la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM-046), Violencia familiar, sexual y contra las mujeres, que permite a las mujeres mayores de 12 años, víctimas de violación, acceder a la ILE sin necesidad de levantar una denuncia en el Ministerio Público, fue impugnada por los congresos de Baja California y Aguascalientes ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En 2019, las y los ministros avalaron esta normativa en todo el país.
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Pero un año después del fallo, la Secretaría de Salud (SS) estatal insiste en que es la Fiscalía General del Estado de Baja California (FGEBC) la que debe aprobar el acceso a la ILE bajo la NOM-046 o las causales del Código Penal. “Es el órgano encargado de absorber y generar estos permisos a través de la denuncia emitida por la afectada”, respondió vía transparencia Hilda González Cerda, jefa estatal del Departamento de Equidad de Género y Salud Reproductiva del Instituto de Servicios de Salud Pública del estado.
En 2019, la FGEBC autorizó mil 433 abortos por alguna de las causales establecidas en el Código Penal, 100 más de los que se realizaron el año anterior, según cifras de la SS.
Ni el Sistema de Justicia Penal del Poder Judicial del Estado ni el Sistema Estatal Penitenciario reportaron, vía transparencia, casos de mujeres que actualmente cumplan una sentencia por aborto. Pero tan solo de enero a agosto de este año, la FGEBC abrió 28 carpetas de investigación por ese delito, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, mientras que en 2019 se investigaron 57 casos.
“Desafortunadamente, es nada más un conteo y no es un registro desagregado de las carpetas; entonces, no podemos saber si estas personas son mujeres que decidieron interrumpir su embarazo o personal médico que las asistió. Ahí existe un primer vacío”, explicó la abogada Karen Luna Rodríguez Bueno, coordinadora de Investigación del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
En su informe de 2018, “Maternidad o castigo”, el GIRE consignó que, de enero de 2015 a mayo de 2018, Baja California registró 5.4 averiguaciones previas por aborto por cada 100 mil mujeres de 15 a 45 años. Fue la entidad con la tasa más alta del país.
Algunas mujeres que abortaron podrían estar cumpliendo sentencias bajo otros cargos, como homicidio calificado, alertó Rodríguez Bueno. “Vimos algunos casos así a nivel nacional. Son mujeres que tienen contextos similares: situaciones económicas precarias, violencia familiar y un proceso penal plagado de irregularidades”.