Lado B
El asesor colombiano del gobernador trabajó sin cobrar: CESP
Primero dijeron que los pagos a Naranjo Trujillo eran información reservada, meses después que son inexistentes
Por Lado B @ladobemx
15 de junio, 2014
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Tomada de lajornadadeoriente.com.mx

Ernesto Aroche Aguilar

@earoche 

El ex militar colombiano Óscar Naranjo Trujillo, quién asesoró al gobierno de Rafael Moreno Valle en temas de seguridad pública, trabajó sin cobrar un solo peso, al menos esa es la versión que sostiene el Consejo Estatal de Seguridad Pública (CESP) al responder a una solicitud de información.

Aunque es una respuesta contradictoria, pues inicialmente, en febrero de este año, había asegurado que la información sobre el pago de los servicios del que también fuera asesor del presidente Enrique Peña Nieto, estaba “reservada” desde agosto del año pasado.

Cuatro meses después y luego de que se iniciara una queja de inconformidad en la Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP), el CESP se dio cuenta que en realidad no había información al respecto y respondió que no hay registro del pago al colombiano.

Tropicalicemos la experiencia: RMV

A principios de diciembre del año pasado el gobernador Rafael Moreno Valle reconocía la contratación del militar que fue pieza fundamental en el gobierno del colombiano Álvaro Uribe en el desmantelamiento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC):

“Hemos contratado como asesor al ex secretario de Colombia, a Oscar Naranjo, él nos ha estado apoyando con algunos de los criterios técnicos. Creo que siempre es importante el poder aprovechar experiencias exitosas de otros estados y otros países para poder tropicalizarlas a Puebla”.

Sus palabras quedaron registradas en las grabadoras de los reporteros que cubren las actividades del mandatario poblano.

Casi dos meses después la reportera Shanik David presentaba una solicitud de información al CESP en la que pedía conocer cuanto había costado al erario poblano las experiencias y el conocimiento del militar colombiano, en respuesta la dependencia declaró como información reservada esos datos desde el 9 de agosto de 2013.

El 21 de mayo, casi cuatro meses después de que se presentó la solicitud, y tras iniciar un recurso de revisión inconformándose ante la respuesta el CESP: “Que después de una búsqueda minuciosa en los archivos de este Organismo, no se encontró registro de pago alguno generado a nombre del C. Oscar Naranjo Trujillo,  realizándose en visitas eventuales a la ciudad de Puebla”.

Es decir, que primero dijo que legalmente estaba impedida a dar a conocer los montos del contrato del militar, y cuatro meses después resulta que dicha información no existe, y que las seis semanas que duró la asesoría de Naranjo Trujillo, pues el militar regresó a su país para incorporarse a la campaña reeleccionista del presidente de Manuel Santos, fue a titulo gratuito.

En la resolución de la queja que interpuso la jefa de información del diario El Popular, la CAIP desechó el expediente argumentando que tras una revisión de los archivos se había confirmado la inexistencia y que la misma había sido notificada en su momento a la solicitante.

Al respecto, el presidente del organismo, Javier Sánchez Fregoso, justificó la diferencia en las respuestas señalando que el Sujeto Obligado, es decir el CESP, no supo entregar la información “con precisión” y aseguró que se le recomendó al organismo a no cometer esos “errores”, aunque lo hicieron sin un pronunciamiento oficial de por medio.

La BUAP y Huauchinango ignoran ciudadanos

En la sesión que se llevó a cabo la mañana del jueves,  y en donde se resolvió la queja contra el CESP por el caso del Naranjo Trujillo,  el coordinador general jurídico de la CAIP, Jesús Sancristobal Ángel, dio a conocer que tanto la BUAP –en tres casos– como el ayuntamiento serrano de Huauchinango –en uno– ignoraron las solicitudes de información de sus ciudadanos.

De acuerdo con Sancristobal Ángel, las solicitudes que involucra a la Máxima Casa de Estudios están relacionadas con información sobre la Facultad de Electrónica, con datos sobre el claustro de maestros, promociones y demás, mientras que en el caso de Huauchinango “versa sobre información básica de oficio”.

En todos los casos, explicó el coordinador jurídico de la CAIP, se pidió a los dos Sujetos Obligados a que explicaran al organismo las razones por las que no habían atendido las peticiones, pero también fueron ignorados, por ello, y de acuerdo con lo que establece el artículo 84 de la Ley de Transparencia otorgaron un plazo de tres días a las dos entidades para que atiendan las peticiones de los ciudadanos y de la CAIP.

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