Lado B
Insuficientes las acciones contra la tortura en México: académico
 
Por Lado B @ladobemx
26 de junio, 2013
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Prensa Ibero Santa Fe

Entre 2007 y 2011, los casos de tortura y malos tratos registrados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos alcanzaron la cifra de cuatro mil 841 denuncias. De esta forma, si bien existen avances en el combate y erradicación de la tortura en México, como la aplicación del protocolo de Estambul en ciertos estados de la República y la capacitación de funcionarios públicos sobre la prohibición de esta práctica, estas acciones aún son insuficientes.

Así lo señala José Rafael Grijalva, experto en derechos humanos y compilador del libro Derecho a la integridad: trazos sobre la tortura en México (Propuesta de ley), publicado por la Universidad Iberoamericana Santa Fe, en la ciudad de México, casa de estudios que actualmente celebra 70 años de labor.

torturasEste texto trata el tema de la tortura en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos; los alcances de México en cuanto a la armonización de sus obligaciones internacionales en la materia; así como un análisis de la materia legal al respecto, la reparación del daño y un diagnóstico sobre la situación de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en México.

Recomendaciones en la materia

Para Grijalva, la profunda humillación de la tortura debe evitarse por medio del perfeccionamiento del derecho y su aplicación, con una legislación que facilite su sólida organización y permita una eficiente y justa operación, para reparar el daño de las víctimas sobrevivientes, sin simulaciones, así como evitar en lo posible la existencia de víctimas de tortura.

Algunas de las acciones a corto o mediano plazo que podrían considerarse con el fin de hacer efectiva una reparación pronta, adecuada y efectiva para víctimas de tortura, son:

• Eliminar el principio de prejudicialidad para casos de tortura en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, de forma que las víctimas puedan encontrar a través de este procedimiento objetivo y directo una reparación integral, de manera pronta, ante dicha instancia.

• Impulsar la creación de fondos para las víctimas en lo general, y en específico, para víctimas de tortura o graves violaciones a los derechos humanos. Por medio de estos se podría brindar reparación provisional a través de atención médica o psicológica y medidas compensatorias, independientemente de la responsabilidad individual y la sanción a los practicantes o responsables de la tortura.

• Formalizar los procedimientos que las comisiones de derechos humanos realizan en la materia, con el fin de que en sus recomendaciones provean reparaciones integrales para las víctimas. Eso puede ser posible con la inclusión de dichos organismos públicos en las leyes correspondientes de responsabilidad patrimonial, con el fin de hacer materiales las reparaciones que estos dicten.

• Incluir en las leyes de responsabilidad patrimonial un capítulo específico para reparaciones derivadas de violaciones de derechos humanos determinadas por una autoridad competente, en las que se incluyan medidas de reparación integral, bajo los estándares internacionales.

• Analizar las fallas que ocasionan las disposiciones de reparación del daño en materia civil, en específico del daño moral, y desglosar detalladamente su adecuada aplicación replanteando toda su concepción.

• Considerar la responsabilidad del Estado en materia de derechos humanos como “autónoma y distinta a la extracontractual por actividad irregular administrativa”, agregando un nuevo párrafo al artículo 113 constitucional en el que se incorpore dicha responsabilidad.

Editado por la Dirección de Publicaciones de la Universidad Iberoamericana, Derecho a la integridad: trazos sobre la tortura en México (Propuesta de ley) forma parte de Cuadernos de Derechos Humanos, colección coordinada por el doctor José Antonio Ibáñez, a su vez coordinador del Programa de Derechos Humanos de la Ibero.

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