Alejandro Ruiz
El pasado 21 de enero el juez sexto de Distrito con sede en Uruapan, Michoacán, concedió un amparo a la comunidad nahua de San Juan Huitzontla; y canceló las concesiones mineras en su territorio. La empresa beneficiaria de estas concesiones era “Las Encinas”, filial del grupo minero italo-argentino Ternium.
El amparo que promovió la comunidad se fundamentó en el derecho que tienen los pueblos indígenas a ser consultados ante cualquier obra o proyecto que afecte su territorio. Argumentaron que la Secretaría de Economía, dependencia federal encargada de otorgar las concesiones mineras, no realizó este procedimiento, por lo que violentó los derechos de la comunidad y sus habitantes.
Mediante un comunicado, el Centro Prodh, quien llevó la representación legal de la comunidad en el juicio de amparo, señaló que “la sentencia dictada dentro del juicio de amparo 590/2018 reconoció la violación a los derechos de la comunidad indígena y declaró la suspensión de los títulos de concesión minera a dos empresas hasta que la comunidad sea consultada”.
Asimismo, instaron a la actual administración a no impugnar la decisión de la corte, pues eso representaría la violación a los derechos de los pueblos indígenas y sus territorios.
Para los miembros de la Red Solidaria de Derechos Humanos en Michoacán el fallo de la corte puede ser uno de los argumentos para regular el otorgamiento de las concesiones mineras en el país. Este tema, y otros más, se discutirán próximamente en la revisión que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación hará respecto a la constitucionalidad y la convencionalidad de la Ley Minera en México, este miércoles 2 de febrero.
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*Foto de portada: Centro Prodh