Lado B
Ley Agnes: guía para cambiar tu acta de nacimiento acorde con tu identidad
A partir de 23 de junio, las personas trans podrán realizar el cambio de nombre y género en su acta de nacimiento para que sea acorde con su identidad autopercibida; el costo del trámite es de 460 pesos, más un gasto adicional por la expedición de la copia fiel del libro del acta primigenia
Por Fernando Merino Noriega @FerMerinoN
20 de junio, 2021
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A partir del 23 de junio, las personas trans podrán tramitar el cambio de su acta de nacimiento para que corresponda con su identidad sexo-genérica autopercibida, esto después de que la Secretaría de Gobernación publicó los lineamientos para que las y los jueces, jefes de departamento, personas encargadas de área y personal administrativo de la Dirección General del Registro Civil de las Personas garanticen el derecho a la identidad que fue reconocido tras la aprobación de la Ley Agnes, el 25 de febrero, y su posterior publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE) un mes después. 

El que las personas trans puedan acceder a documentos que reflejen la identidad con la que se sienten identificadas es un gran avance para Puebla, dice a LADO B Gabriela Chumacero, presidenta del Grupo Transgénero Puebla, quien junto con Agnes Torres y otras personas trans lucharon desde hace 10 años para poder ejercer este derecho. 

El costo por el trámite es de 460 pesos —pago que quedó asentado en un decreto publicado en el POE el 1 de junio y que deberá realizarse en cualquier ventanilla bancaria o medio autorizado—, más un gasto adicional por la expedición de la copia fiel del libro del acta primigenia, necesaria para el proceso, cuyo costo puede variar en cada caso. El trámite se puede realizar en cualquier juzgado del estado.  

El proceso puede generar algunas dudas, por eso te presentamos una guía para  realizar el trámite. 

Antes de acudir al registro civil

De entrada debes saber que los requisitos para acceder al cambio son: 

  1. Ser de nacionalidad mexicana
  2. Tener 18 años de edad cumplidos, aunque la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad para eliminar este requisito, por considerarlo discriminatorio, y que está a la espera de ser resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
  3. Llenar una solicitud, proporcionada por el personal del Registro Civil o jueces, incluyendo  nombre completo y los datos registrales asentados en el acta primigenia, así como el nuevo nombre, sin apellidos, y el género solicitado 

Verificar existencia del acta de nacimiento en el Sidea

Antes de acudir al juzgado para el cambio de documentos, que se puede realizar en cualquier Registro Civil del estado, es necesario que la persona interesada verifique que su acta de nacimiento se encuentre en el Sistema de Impresión de Actas (Sidea).

Esto se puede realizar a través de una página del Gobierno Federal mediante un proceso sencillo: se debe ingresar la CURP y el nombre completo de la persona interesada, si el sitio brinda la opción de descargar el acta de nacimiento significa que está en el sistema, explicó una asesora del Registro Civil a LADO B.

No es necesario hacer el pago ni descargar el documento, pues solo es para corroborar. 

En caso de que la búsqueda no arroje ningún resultado es necesario realizar el trámite de digitalización del acta a través de un correo electrónico a la dirección registrocivil.sidea@puebla.gob.mx, en donde se deberán anexar los siguientes documentos:

  1. Una copia escaneada del acta de nacimiento, o una fotografía legible, e indicar en el asunto la solicitud de digitalización. 

El tiempo de respuesta es de 24 a 48 horas si el acta no presenta ningún error, en caso contrario se deberá hacer la aclaración administrativa o rectificación judicial.

Iniciar el trámite

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Foto: Marlene Martínez

Una vez confirmado que el acta de nacimiento está en el Sidea, la persona interesada  puede iniciar con el trámite de cambio de datos, el cual solo puede realizarlo de manera personal, pues al acudir al Registro Civil (sin necesidad de previa cita) deberá llenar y firmar una solicitud proporcionada por el juez. 

Los documentos que se deben presentar en el juzgado para el cambio son: 

  1. Identificación oficial vigente con fotografía.
  2. CURP.
  3. Comprobante de domicilio.
  4. Copia fiel del libro de acta primigenia para corroborar que el acta que presenta la persona interesada en hacer el trámite coincide con la que está asentada en los libros del archivo Registro Civil. 

Obtener la copia fiel

Para obtener la copia fiel del libro de acta primigenia, es necesario hacer un trámite aparte. Este documento se tiene que solicitar ante el juzgado donde se registró la persona o directamente a la Dirección General del Registro Civil y se debe presentar: 

  1. Acta de nacimiento.
  2. Datos registrales (juzgado, municipio, número de libro, número de acta, año registral) para verificar la existencia del libro y la asignación de folio. 

El cobro es de 47 pesos por concepto de búsqueda por cada año y juzgado que se revise y 12 pesos por la expedición de la constancia por lo que el costo podría variar de acuerdo a las consultas que se realicen.

El pago se realiza en caja de la Secretaría de Administración y Finanzas y el tiempo de respuesta es de tres días hábiles, esto de acuerdo con la página Ventanilla Digital del Gobierno de Puebla.  

Sin embargo, personal del Registro Civil consultado por LADO B comenta que el costo por la expedición de dicho documento es de 120 pesos si es un juzgado estatal y si es un juzgado municipal no hay un precio estimado porque, debido a su autonomía, estos regulan sus propios precios. 

Una vez obtenido este documento ya se puede continuar con los trámites. 

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Entrega de documentos

Mujeres trans Puebla 20 de noviembre 1 6

Foto: Marlene Martínez

El juez recibirá los documentos, los valorará y si no hay ningún error procederá a realizar la captura de datos en el sistema; una vez capturados los datos, el juez deberá mostrarlos a la persona interesada para que verifique que están correctos, en caso afirmativo deberá firmar la solicitud.

Posteriormente, el juez tendrá que adjuntar acta de nacimiento, CURP, comprobante de domicilio y copia fiel del libro de acta primigenia y se emitirá el folio para hacer el pago y proseguir con el trámite. 

Una vez realizado el pago se deberá regresar con el juez para continuar con el cambio del acta de nacimiento 

El tiempo de espera es de dos día hábiles

El juez tendrá un día para determinar que el acta de nacimiento de la persona interesada esté registrada en el Sidea y la CURP esté certificada por el Registro Civil. 

El tiempo para expedir el acta de nacimiento acorde a la identidad sexo-genérica de la persona interesada no podrá exceder dos días hábiles después de realizar la solicitud, en caso de ser procedente. 

El juez indicará el día y la hora para que la persona interesada se presente con dos testigos para el levantamiento de la nueva acta de nacimiento, de la cual el Registro Civil  imprimirá cuatro “tantos”, o impresiones, una para el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), una para el Archivo del Estado, una para la persona interesada y la última para el archivo del juzgado.

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La persona interesada en el trámite tendrá que firmar su nueva acta de nacimiento, junto con sus dos testigos, y colocará la huella de su pulgar derecho; el juez posteriormente colocará su firma y el sello del juzgado. La nueva acta contendrá el nombre y el género con el que la persona está identificada.    

Por último, el juez realizará los oficios a las autoridades administrativas federales y estatales correspondientes como el Instituto Nacional Electoral (INE), Servicio de Administración Tributaria (SAT), Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Secretaría de Educación Pública (SEP), Fiscalía General del Estado (FGE) y todas las instituciones que considere necesarias. 

El acta primigenia deberá ser reservada en el juzgado de origen y en el Archivo del Estado, quitando de la posibilidad de que pueda ser solicitada una copia o un extracto salvo que una autoridad judicial así lo requiera. 

Infografía: Gogo

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Aquí se pueden consultar todos los requisitos a detalle así como los formularios que deberán llenarse.

 

*Foto de portada: Marlene Martínez

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Autor Lado B
Fernando Merino Noriega
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