Si naciste en febrero y marzo o tu apellido empieza con F probablemente ya te llegó la notificación o una visita del INE para que seas funcionario de casilla. Y si es la primera vez que te toca estar en el proceso electoral, acá te compartimos una guía práctica de las cosas que tienes que saber si fuiste uno de los elegidos del INE.
Hasta el 27 de abril los capacitadores electorales enviarán las notificaciones para invitar a los seleccionados a participar en las casillas.
Después de que se terminen de integrar las listas y notificar a los ciudadanos y ciudadanas seleccionados a finales de abril, serán informados de cuándo se harán las dos sesiones de capacitación.
Los funcionarios de casilla son el presidente, secretario y escrutadores, junto con sus suplentes generales, que estarán acompañados por los representantes de partidos y observadores generales.
Abrir y clausurar la casilla, recibir la votación, clasificar y contar los votos y llenar las actas. Sus obligaciones terminan cuando se acaben de contar todas las boletas el día de las elecciones y se cierren las casillas; no tienen que estar presentes en los recuentos de votos en caso de que estos tengan que hacerse.
El presidente de la casilla es la máxima autoridad electoral durante la jornada y es quien tiene la última palabra para poder suspender de manera temporal o definitiva la votación si las circunstancias lo ameritan (en caso de peligro, por ejemplo). También pueden retirar de las casillas a quienes alteren el orden público, y si un voto es dudoso son los únicos que pueden decidir cómo se cataloga. Otra de sus funciones es llevar los paquetes electorales al consejo distrital al final de la jornada.
Los secretarios tienen que hacer las actas y tanto ellos como los escrutadores son quienes cuentan las boletas, revisan que los electores estén en lista nominal, y auxilian al presidente en las actividades necesarias.
Si no llega algún representante, la vacante se cubrirá primero con el resto de los funcionarios, recorriendo los cargos, y los suplentes serán habilitados. En caso de que no lleguen los suplentes, podrán sumarse los electores que estén en la lista nominal y tengan su credencial para votar.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) es donde se determinan los deberes de todos los funcionarios de casilla. Durante las capacitaciones se entrega también el manual del funcionario de casilla, donde se explican a detalle los procedimientos.