Lado B
Diez puntos sobre la legalización de la marihuana
La SCJN discutirá el proyecto del ministro Arturo Zaldívar el próximo 28 de octubre, tras asegurar que la prohibición va contra el "libre desarrollo"
Por Lado B @ladobemx
19 de octubre, 2015
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Con base en la propuesta del ministro Arturo Zaldívar podrían declararse como inconstitucionales fragmentos de artículos de la Ley General de Salud, que prohíben uso y cultivo de la mariguana con fines recreativos

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Foto cortesía de Ryan Bushby, Wikipedia

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1. La semana pasada, el ministro de la Suprema Corte de Justicia Arturo Zaldívar propuso un proyecto de resolución para autorizar el consumo de marihuana con fines lúdicos a raíz de un amparo presentado por integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART). La propuesta legalizaría las actividades relacionadas con el autoconsumo de marihuana, como el cultivo, preparación, posesión y transporte de marihuana para uso personal, excluyendo cualquier uso comercial. [Aristegui Noticias]

2. La propuesta declara como parcialmente inconstitucionales los artículos de la Ley General de Salud que prohíben el uso y cultivo de marihuana para fines recreativos y argumenta que la actual prohibición absoluta en el consumo de marihuana es contraria al “libre desarrollo de la personalidad” y que “[p]ertenece a la autonomía individual… la posibilidad de decidir responsablemente si [se] desea experimentar los efectos de la sustancia”. Señala, además, que el consumo de marihuana no induce a la comisión de delitos violentos, pues normalmente genera estados de letargo que inhiben la agresividad, y que, en personas adultas, “no supone un riesgo importante para la salud” si no se utiliza de forma “crónica y excesiva”. [El Universal] [Revolución 3.0] [El País]

3. En septiembre, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) autorizó la importación de un medicamento de aceite de marihuana para tratar a Grace Elizalde, una niña de Monterrey enferma con el síndrome de Lennox-Gastaut, a causa del cual sufre de cientos de crisis epilépticas al día. Experiencias en otros países han demostrado que el tratamiento con Cannabidiol —un aceite derivado de la marihuana, pero que carece de efectos psicoactivos— produce notorias mejorías en los niños con esta enfermedad. [El País] [#PorGrace]

4. En lo que va del siglo, se han presentado en las comisiones parlamentarias de México varias iniciativas de ley sobre la marihuana —dos en ámbitos locales (la Asamblea Legislativa del D. F. y el Congreso del estado de México) y cinco en el ámbito federal (cuatro en la Cámara de Diputados y una en la de Senadores). En noviembre de 2012, el diputado Fernando Belaunzarán, del PRD, presentó una iniciativa que contemplaba la otorgación de permisos para el autocultivo de marihuana con fines de uso personal. En 2013, diputados del PRD en la Asamblea Legislativa anunciaron su interés por impulsar la despenalización del uso de marihuana en el D. F., y el entonces presidente de la Cámara de Diputados, Francisco Arroyo Vieyra, del PRI, se pronunció a favor de normar la marihuana “mediante controles estrictos de su producción, comercialización y consumo”. En febrero de 2014, el gobierno de la ciudad de México presentó a la Asamblea Legislativa y al Congreso Federal proyectos de ley para la descriminalización de la posesión de marihuana para uso personal (aumentando el umbral permitido de cinco a 30 gramos), la legalización de su uso médico y la introducción de un sistema basado en el principio de reducción de daños. [Jorge Hernández Tinajero, Transnational Institute] [Drug Law Reform] [Transnational Institute]

5. Como parte de un paquete legislativo relacionado con la seguridad pública nacional, en agosto de 2009 entró en vigor la Ley de Narcomenudeo, que elimina las sanciones por la posesión de marihuana. Sin embargo, el umbral de la dosis personal de esta y otras drogas establecido por la ley es muy bajo (5 gramos para el caso de la marihuana), y conlleva graves riesgos: que los consumidores que sean sorprendidos con cantidades mayores sean tratados como delincuentes y castigados con penas de cárcel, y que policías corruptos usen estas penas como argumento para amedrentar a los consumidores. La aplicación de la Ley contra el Narcomenudeo ha terminado así por criminalizar a los usuarios, cuando en teoría se proponía diferenciarlos del mundo delictivo. [Transnational Institute] [Carlos Zamudio, Transnational Institute] [CUPIDH]

6. De acuerdo con la legislación actualmente vigente, el consumo de marihuana no es un delito, pero sí lo son todas las demás actividades necesarias para el consumo, como el cultivo, el suministro y la fabricación de la marihuana. “Para consumir sin delinquir hay que conseguir que alguien sostenga el churro —o su equivalente— mientras se consume.” Aunque el consumo de marihuana no está penalizado, sí está criminalizado, porque aun en casos de posesión para consumo la ley ordena que el aparato penal se ponga en marcha: la policía debe detener al consumidor y presentarlo ante el ministerio público, aunque no se apliquen sanciones penales. [Catalina Pérez Correa, Animal Político]

7. A la fecha, el uso recreacional y medicinal de la marihuana es completamente legal es cuatro estados de Estados Unidos (Alaska, Colorado, Oregon y Washington). Adicionalmente, doce estados más cuentan con leyes para el uso medicinal y la descriminalización del consumo de marihuana. [Wikipedia]

8. En diciembre de 2013, el Senado de Uruguay aprobó una ley legaliza la producción (controlada por el Estado), comercialización, posesión y usos recreativos y medicinales de la marihuana, así como su utilización para fines industriales. Esta ley convirtió en Uruguay en el primer país en legalizar plenamente el consumo y el mercado de marihuana. [Wikinews]

9. En julio de 2015, la Cámara de Diputados de Chile aprobó un proyecto de ley que despenaliza el autocultivo de marihuana, así como su consumo para fines medicinales y recreativos. [El País]

10. La causa de los efectos más nocivos de las sustancias controladas, como la marihuana, sobre la salud de los consumidores es el propio régimen de prohibición de las drogas. Al criminalizar a los usuarios, este régimen los expone a situaciones de alto riesgo, como la participación en mercados ilícitos, el consumo de sustancias cuya calidad no ha sido verificada o el contacto con el sistema penitenciario, donde existe una alta prevalencia de enfermedades contagiosas graves como la hepatitis y el VIH/SIDA. [Informe de la Comisión Global de Políticas de Drogas]

[quote_box_left]Publicado originalmente en Horizontal[/quote_box_left]

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