Lado B
¿De qué va la iniciativa para agravar la violación de infancias en Puebla?
Especialistas destacan que la iniciativa no aporta a la defensa de la niñez
Por Samantha Paéz @samantras
08 de agosto, 2023
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El pasado 13 de julio de 2023 el diputado panista Oswaldo Jiménez López presentó una iniciativa ante el Congreso de Puebla que agrava las sanciones para funcionariado público y profesionistas que comentan violación contra niñas, niños y adolescentes.

La propuesta buscaría reformar el artículo 271 del Código Penal de Puebla, donde se señala que cuando “la violación sea cometida por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza una profesión, utilizando los medios o circunstancias que ellos le proporcionen, además de la sanción penal será destituido definitivamente del cargo o empleo o suspendido por cinco años en el ejercicio de dicha profesión”. De tal forma que la sanción se duplicaría en el caso que los agresores se desempeñen en atención o servicio de niñas, niños y adolescentes.

Sin embargo, especialistas consultados por Lado B, destacan que la iniciativa no aporta a la defensa de la niñez porque ya existen otras disposiciones. Aunque otros reconocen que se trata de un bien intencionada, señalan que es poco clara y podrían discutirse las medidas que propone. 

¿Qué aporta la iniciativa?

En los considerandos de la propuesta el diputado Jiménez hace referencia a los derechos de la niñez y la obligación de las autoridades en procurar el principio de interés superior de la infancia. Pero, ¿qué tanto abona a prevenir la violencia sexual contra las infancias?

Juan Martín Pérez García, coordinador de Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, comentó al respecto que la iniciativa no abona a la defensa de la niñez porque ya hay otras disposiciones que establecen la destitución definitiva del cargo al funcionariado público que sea sentenciado.

Por ejemplo, en el artículo 5 de la Constitución se menciona que el ejercicio de la profesión o trabajo podrá vedarse por una determinación judicial. El artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, menciona que “ningún trabajador podrá ser cesado sino por justa causa”, entre las causas justas se menciona incurrir en actos de violencia, cometer actos inmorales durante el trabajo y por prisión resultado de una sentencia ejecutoria.

Sin embargo, Gabriela Moreno Valle, doctora en Derecho y académica, mencionó que la iniciativa es bien intencionada, ya que busca proteger a la niñez al duplicar la pena en caso de que funcionariado o profesionistas sean los agresores sexuales, además de establecer una sanción administrativa.

Sin embargo, el propio articulado es confuso porque un cargo público no es lo mismo que una profesión.

—El cargo es directora de algo, subdirectora de algo, entonces ahí me destituirán, me quitarían. Pero la suspensión en el ejercicio de mi profesión, mi profesión no es de directora, mi profesión es de abogada, ingeniera, médica, entonces sería uno u otro: la destitución sería del cargo y la inhabilitación por la profesión.

Para Gabriela una cuestión que debería señalarse de forma clara no es sólo la destitución, sino la inhabilitación para que no vuelvan a desempeñar un cargo público.

Yuteita Valeria Hoyos, abogada feminista, consideró que la iniciativa de aumentar la pena a profesionistas que agredan sexualmente a infancias es viable, aunque la suspensión del ejercicio profesional debería ser definitiva y no por diez años.

—Sí considero viable la suspensión de la cédula en casos de que el abuso/violación se realice en uso de sus funciones profesionales (docentes, psicólogues infantiles).

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El propio diputado Oswaldo Jiménez reconoció durante una entrevista que lo ideal es que el funcionariado sentenciado no pueda regresar nunca al cargo y que los profesionistas se queden sin licencia para ejercer, aunque esto no está previsto tal cual en la iniciativa.

Mejor avanzar en pendientes

Para Juan Martín Pérez existen otros pendientes en materia de protección a los derechos de la niñez en Puebla, por ejemplo las redes de explotación sexual en escuelas, que es un problema que ha ido en aumento de acuerdo con el informe “Ya no es un secreto, ahora se grita en las calles”, pues los casos documentados pasaron de 18 en siete entidades en 2021 a 25 casos en once estados para 2023.

En ese sentido, durante febrero de este año LADO B evidenció, que a pesar de la existencia de un protocolo para atender casos de violencia y discriminación en las escuelas, las sanciones impuestas por la Secretaría de Educación Pública (SEP) estatal por abuso sexual eran mínimas.

Asimismo, la investigación Depredadores en las aulas, de El Universal, expuso que en Puebla hubo registro de 450 casos de abuso sexual en escuelas de la entidad de 2012 a 2022.

En ese sentido el coordinador de Tejiendo Redes dijo que sería importante legislar para se tome como una prueba anticipada el testimonio de las niñas, niños y adolescentes objeto de violencia sexual.

—Para que el testimonio de niños y niñas sea protegido desde el inicio, sea un elemento central desde la propia Fiscalía y evitar la revictimización […] porque lo que ahora sucede es que por la mirada adulto céntrica y la manera en la que está configurado los códigos penales, la testimonial de niños y niñas cuesta mucho trabajo que sea escuchada.

Otra cuestión que faltaría incluir es que las investigaciones sean integrales y que las Fiscalías no vean los casos aislados, sino como una dinámica de red criminal. Además, manifestó que se podrían hacer controles de control de confianza desde el momento de la contratación para personal educativo que se vincule con niñas y niños, esto como una medida preventiva más que reactiva a la violencia sexual.

Violencia sexual contra infancias

Antes de analizar la pertinencia de la iniciativa, primero entendamos un poco del grave problema que representa la violencia sexual en Puebla contra niñas, niños y adolescentes.

De acuerdo con cifras del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a junio de 2023 se abrieron 213 carpetas de investigación por violación equiparada, cuando existe cópula con personas menores de 14 años, personas “privadas del sentido” o con discapacidad intelectual, o se introdujo sin consentimiento algún objeto o parte del cuerpo en ano o vagina de la víctima.

Con estas cifras se denunciarían al menos una violación menores de edad o personas con discapacidad al día en la entidad. Aunque habría muchos otros casos que no se reportan a las autoridades.

*Este contenido fue producido con el apoyo del Institute for War And Peace Reporting y la mentoría de Animal Político, en el marco del programa Mexican Journalism Resilency.

Foto de portada: Freepik

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Autor Lado B
Samantha Paéz
Soy periodista y activista. Tengo especial interés en los temas de género y libertad de expresión. Dirigí por 3 años el Observatorio de Violencia de Género en Medios de Comunicación (OVIGEM). Formo parte de la Red Puebla de Periodistas. También escribo cuentos de ciencia ficción.
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