Lado B
Notificación y retirada: el conflicto por los derechos de autor
El mecanismo conocido como notificación y retirada permite que cualquier usuario, sin la necesidad de presentar prueba alguna o sin una orden judicial, pueda solicitar la baja de un contenido
Por Cuauhtémoc Cruz @cuau_cruz
15 de agosto, 2022
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Hace unas semanas, el encuentro entre los clubes de futbol León y América, correspondiente a la jornada 6 de la Liga Mx, causó revuelo, pero no por lo ocurrido dentro de la cancha, sino por un tema de derechos de autor en la transmisión que realizaba Marca Claro.

Hasta en dos ocasiones, la señal del canal de YouTube de la plataforma propiedad de América Móvil fue suspendida “debido a un reclamo por incumplimiento de los derechos de autor realizados por FoxSports MX”, aún cuando ambas empresas de comunicación tienen contratos de transmisión para los partidos del Club León.

Ante la polémica, FoxSports explicó en un comunicado que “mantiene un permanente monitoreo de las distintas plataformas de streaming para identificar y erradicar la transmisión indebida de contenidos. Como parte de esos esfuerzos, que buscan garantizar la calidad en la transmisión y evitar la piratería, […] se detectaron y desconectaron más de cuarenta sitios que sin autorización y sin propiedad de derechos, transmitían parte de [sus] contenidos deportivos en redes”, incluida la señal de Marca Claro.

Más allá del pleito legal y de las transmisiones exclusivas de los eventos deportivos, sobre todo con el lanzamiento de FoxSports Premium, lo ocurrido entre ambas empresas es un ejemplo para hablar de derechos de autor y los mecanismos desarrollados por las plataformas digitales ante reclamos por la transmisión “indebida” y la baja de contenido. Particularmente del mecanismo conocido como notificación y retirada.

Este mecanismo, impulsado principalmente por las grandes empresas, permite que cualquier usuario, sin la necesidad de presentar prueba alguna o sin una orden judicial, pueda solicitar la baja de un contenido bajo el argumento de que se están violando derechos de autor, y los proveedores de servicios de internet (como pueden ser las plataformas de streaming como YouTube o redes sociales como Facebook) tienen la obligación de retirar dicho contenido, por lo contrario, podrían ser sancionados.

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Si bien es cierto que en internet existen sitios web o páginas en redes sociales que pueden vulnerar derechos de autor no solo en transmisiones en vivo, sino también en la puesta a disposición de otro tipo de contenido como música, películas o libros; para organizaciones defensoras de la libertad de expresión, el mecanismo de notificación y retirada “históricamente, […] ha sido abusado para remover contenidos y publicaciones de interés público, lo que atenta contra los derechos a la libertad de expresión y al acceso a la información”, constituyéndose como sistema de censura digital.

En el caso mexicano, con la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el cual contiene un capítulo sobre Propiedad intelectual, el Senado de la República aprobó –al vapor y sin escuchar a la Sociedad Civil– una reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor para incorporar el mecanismo de notificación y retirada en nuestra normativa. De acuerdo con el artículo 114 Octis de la LFDA, una vez que un interesado hace un reclamo “el Proveedor de Servicios en Línea deberá remover, eliminar o inhabilitar, de manera expedita y eficaz el acceso a los materiales o contenidos sobre los que versa”. 

Aunque se contempla la notificación al usuario afectado sobre la remoción y que éste pueda presentar un contraaviso en su defensa, el contenido no estará disponible hasta en tanto, lo que podría tener un impacto en las audiencias, como fue en el caso de la transmisión del partido entre América y León, que, aunque ambas empresas tienen los derechos, Marca Claro se vio afectada en la difusión. 

También se han dado otros casos, donde se ha suspendido la transmisión de contenido debido a falsos reclamos de derechos de autor, tal como ocurrió el 10 de julio pasado, cuando el canal de YouTube Lofi Girl, el cual mantenía una transmisión en vivo de música libre de derechos de autor, fue inhabilitada tras dos años y medio. Tras una revisión de los reclamos, YouTube restableció la transmisión después de unos días.

Lo ocurrido recientemente con estas experiencias en línea, abre la puerta nuevamente a la discusión sobre la pertinencia de un mecanismo de remoción de contenido como es el de notificación y retirada y los impactos que puede tener a la libertad de expresión y el derecho a la información, así como derechos circundantes, como puede ser a la cultura, y la oportunidad de explorar otras opciones como el mecanismo de notificación y notificación que se usa en Canadá y el cual México pudo retomar como parte del T-MEC.

Es necesario y oportuno que se revisen los mecanismos vigentes para la protección de los derechos de autor, para evitar que, bajo este argumento, se mantengan prácticas que puedan afectar a las personas usuarias de internet y a derechos básicos como la libertad de expresión y el derecho a la información.

*Foto de portada: kalhh | Pixabay

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Autor Lado B
Cuauhtémoc Cruz
Cuauhtémoc Cruz Isidoro, comunicólogo por la IBERO Puebla y maestrante en Periodismo Político por la Escuela de Periodismo Carlos Septién García. Actualmente es responsable de Comunicación del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría y es Secretario del Capítulo Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI Puebla). Se ha especializado en derecho a la información. Chiva y blaugrana de corazón.
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