Lado B
Absurdo jurídico el que deja libre a responsable de violación en Veracruz: Redim
“Liberar a uno de los responsables con argumentos jurídicos insostenibles sólo muestra el nivel de corrupción e impunidad en México”
Por Lado B @ladobemx
29 de marzo, 2017
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Juez Anuar González Hemadi
Foto tomada de proceso.com.mx

Urgente realizar un análisis exhaustivo con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género que garantice el acceso a la justicia, reparación del daño y sanción a todos los responsables.

Redim (comunicado)

#REDIM Red por los Derechos de la Infancia en México rechaza tajantemente el absurdo jurídico que sustenta la decisión del Juez Tercero de Distrito del Séptimo Circuito de Veracruz, Anuar González Hemadi, quien dejó sin efecto el auto de formal prisión dictado el pasado 23 de enero en contra uno de los jóvenes participantes de un acto de violencia sexual tumultuaria, bajo argumentos incongruentes y desvirtuando el tipo penal de abuso sexual por un “frotamiento incidental” donde no se observa intención “lasciva” ni la intención de “copular”.

Es muy cuestionable la actuación de este juez federal, que otorgó la sentencia del amparo 159/2017 a Diego Gabriel Cruz, acusado de haber participado en la violación de Dafne en el Estado de Veracruz quien al momento de los hechos tenía 17 años de edad. Esta decisión representa un grave retroceso en el reconocimiento y acceso a la justicia de las niñas y las adolescentes víctimas de violencia sexual y sienta un precedente que da lugar a la impunidad.

Es obligación del Estado proteger los derechos de niñas y niños víctimas; de proporcionarles servicios jurídicos en el marco de sus derechos humanos, y tener en cuenta el interés superior del niño y la perspectiva de género en cualquier actividad vinculada con el sistema judicial. La justicia no solo se basa en las Leyes nacionales, sino que debe ser ejercida a partir de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado como la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (CDN) la cual establece:

Artículo 19.-  Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.

La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE, 2014)  estima que el 93.8% de los delitos ocurridos en el país no se denuncian, incluidos los delitos sexuales. La sentencia dada a conocer desalienta la denuncia al convertirse las autoridades de garantes de derechos a cómplices de la violencia sexual.

En este contexto, desde REDIM exigimos:

  • A la Fiscalía del Estado de Veracruz a interponer de forma inmediata el recurso de revisión, de la resolución emitida por el Juez Anuar González Hemadi. Así como iniciar una investigación inmediata sobre su independencia y capacidad jurídica para ejercer un cargo de alta responsabilidad que está en duda con este tipo de sentencias.
  • Al Tribunal Colegiado para que realice un análisis exhaustivo con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género del expediente de la adolescente víctima de violencia sexual tumultuaria, que garantice el acceso a la justicia, reparación del daño y sanción a todos los responsables.
  •        Al Gobierno del Estado de Veracruz desarrollar inmediatamente acciones concretas de prevención y detección de casos de abuso sexual que han recibido la protección de autoridades y jueces corruptos.
  • Brindar acceso inmediato ​a la justicia, apoyo psicológico y protección avíctima y sus familiares, tomando medidas cautelares que eviten su revictimización o afectaciones a su integridad.
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Autor Lado B
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