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Suma Moreno Valle nuevas demandas de amparo por ocultar deuda
Mexicanos Contra la Corrupción sostiene en sus demandas de amparo que el fideicomiso que se creó para pagar los PPS es inconstucional
Por Lado B @ladobemx
17 de enero, 2017
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Dulce Ramos | Mexicanos Contra la Corrupción

@wikiramos

Mexicanos Contra la Corrupción ha promovido dos demandas de amparo en las que acusa que el mecanismo que el gobernador poblano creó para comprometer los impuestos de sus gobernados, y la definición de deuda pública en la ley local, van contra la constitución.

Mientras que el gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, insistió el domingo en su último informe de gobierno en que no pidió un solo peso prestado durante su administración, Mexicanos Contra la Corrupción dio a conocer que la administración saliente ha contraído pasivos por más de 47 mil millones de pesos mediante mecanismos opacos.

Sin embargo, la negativa de Moreno Valle de reconocer esa deuda como tal, y la falta de transparencia al respecto de la misma no sería lo más grave del caso, sino que a juicio de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad estamos ante un esquema de endeudamiento no solo ilegal sino de hecho inconstitucional, por lo que MCCI ha promovido dos demandas de amparo.

El mandatario panista comprometió el dinero que se recaude a través del impuesto sobre nómina por 50 años, al haber firmado en noviembre de 2012 un fideicomiso que transfiere todas esas contribuciones a un fideicomiso manejado por la empresa Evercore, propiedad del exsecretario de Hacienda, Pedro Aspe. Cuando el dinero público entra a ese fideicomiso, que se identifica con el número 0144, se pierde toda oportunidad de transparentar el destino de los recursos.

Mediante el fideicomiso 0144, que el gobierno estatal mantuvo en la opacidad, pero que se ha podido transparentarse gracias a esfuerzos ciudadanos, se contrajo deuda que se estima en 22 mil 476 millones de pesos. Esos recursos se habrían utilizado para la construcción de obras emblemáticas de la administración 2011-2017, como son el Centro Integral de Servicios, el Museo Internacional del Barroco y la planta de automóviles Audi.

A esos pasivos hay que sumar otros 24 mil millones que constan en la cuenta pública, por tanto, se estima que los poblanos heredarán de Moreno Valle compromisos a pagar por al menos 47 mil millones.

Para sostener el argumento de que los fondos comprometidos en el fideicomiso no son deuda, el gobierno de Moreno Valle cita el artículo sexto de la Ley de Deuda Pública poblana, que establece que “no son deuda pública” los Proyectos de Prestación de Servicios o Proyectos de Inversión, sin importar que el dinero de los contribuyentes estatales esté comprometido a futuro. Esa ley, aseguran abogados de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, está hecha a modo.

Las demandas de amparo presentadas por MCCI, cuyo objetivo es proteger a los ciudadanos de los actos de la autoridad, corresponden: la primera a un proceso emprendido por el brazo jurídico de MCCI, expediente 789/2016, y la segunda en la que Mexicanos Contra la Corrupción acompaña a un contribuyente poblano que exige se transparenten sus impuestos. En las próximas semanas se conocerá la sentencia de este último.

Los argumentos que MCCI expone para demostrar la inconstitucionalidad de la deuda son:

  1. Contraviene el principio de deuda pública: la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que la deuda pública es aquella que compromete el crédito público, por tanto, la definición de deuda pública contenida en la ley poblana no puede servir como sustento para afirmar que lo contraído por el gobierno de Moreno Valle no es deuda.
  2. Se eliminan los controles de fiscalización del dinero público, rendición de cuentas y transparencia: las normas del fideicomiso exponen que se regirá por el contrato y por disposiciones mercantiles; además de que desincorpora el dinero público del patrimonio estatal. Eso permite que los fondos ya no son fiscalizables ni sujetos a que su destino sea conocido por los ciudadanos mediante la transparencia.
  3. Se rompe con el principio de anualidad: cada año, los congresos definen por periodos anuales los ingresos que planean recaudarse y la manera en que se gastarán. Al haberse comprometido todos lo que se recaude bajo el impuesto sobre nómina, es imposible planear gastos públicos considerando esos ingresos.
  4. Se viola el principio de destino del gasto público: los contribuyentes pagan impuestos con la certeza de que se destinarán a necesidades colectivas o que se les dará alguna utilidad pública; sin embargo, al pasar al fideicomiso, el destino del dinero no es conocido ni certero.

Adicional a estos argumentos, MCCI señala que, en el pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya resolvió un caso similar relativo a la deuda pública del estado de Sonora, en la Acción de Inconstitucionalidad 163/2007. Además, el Tribunal Colegiado de Circuito del estado de Puebla mediante un pronunciamiento dentro del trámite del juicio reconoció la existencia del derecho fundamental a un ambiente libre de corrupción.

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