Lado B
10 cosas que debes saber del informe por Alerta de Violencia de Género
Entre las conclusiones a las que llegó el grupo evaluador se encuentra que los MP ni siquiera conocen el tipo penal de feminicidio
Por Samantha Paéz @samantras
29 de junio, 2016
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Samantha Páez

@samantras

En marzo pasado el Instituto de Ciencias Jurídicas AC y Todos para Todos AC solicitaron la Alerta por Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) para Puebla, debido a que de 2010 a marzo de 2016 ocurrieron 198 probables feminicidios, además de otras muestras de violencia de género como son las violaciones, agresiones sexuales y el delito de trata de personas.

Este miércoles (28 de junio) el grupo especial para diagnosticar la violencia contra las mujeres -conformado por un representante del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), uno más de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), otro de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y un miembro del Instituto Poblano de las Mujeres (IPM), así como dos académicos nacionales y dos locales- presentó su informe con once recomendaciones.

El gobierno poblano deberá atender dichas recomendaciones en un plazo de seis meses, en caso de que no se demuestre que se están atendiendo diligentemente las propuestas del grupo de trabajo, la Secretaría de Gobernación federal (Segob) declarará la AVGM y determinará las acciones de prevención, seguridad y justicia que deberán implementarse para enfrentar la problemática.

Aquí te presentamos los diez puntos más relevantes que debes saber sobre las omisiones del gobierno de Puebla encontradas en el informe.

Foto: Mely Arellano

Foto: Mely Arellano

1. Los MP no conocen el tipo penal de feminicidio ni el protocolo investigación.

Desde enero de 2013 se tipificó el delito de feminicidio en Puebla, con lo cual se agravaron las penas para las personas que asesinen de manera violenta a las mujeres. A pesar de ello el grupo de trabajo identificó que en las agencias del Ministerio Público se desconoce el tipo penal de feminicidio, es decir, que no saben que es un delito diferente a un asesinato doloso.

Por este motivo, así como por una redacción “confusa” de la tipificación, hay pocos casos consignados o judicializados, de los 198 feminicidios que reportan las organizaciones de la sociedad civil la Fiscalía General de Justicia (FGJ) sólo reconoce 84 y de los responsables sólo han recibido sentencia tres personas, según el informe.

“En opinión del grupo de trabajo, una inadecuada o descuidada diligencia en la investigación de las muertes violentas de mujeres implica una evidente falta de perspectiva de género y, desde luego, sensibilidad para atender este tipo de asuntos”, dice el informe en su página 64.

En cuanto a los protocolos de investigación de los delitos contra las mujeres, los representantes del gobierno y especialistas hallaron que los funcionarios no los conocen aunque sí han oído hablar de ellos. Tampoco han recibido capacitación sobre la aplicación de los protocolos, ni de cómo recabar y presentar pruebas que acrediten el delito de Feminicidio.

Marcha contra feminicidios Foto: Ámbar Barrera

Marcha contra feminicidios
Foto: Ámbar Barrera

2. No existe un registro adecuado sobre la violencia de género.

Los datos oficiales sobre feminicidios, homicidios dolosos de mujeres y los delitos contra las mujeres discrepan; en el informe se indica que la FGJ respondió a la Conavim que el total de homicidios dolosos de 2009 a marzo de 2016 es 527, pero en los anexos que presentó la dependencia la fiscalía refiere 474 casos.

A esto se suma que al Banco Estatal de Datos se encuentra en “reingeniería”, por lo cual no se cuenta con información desagregada sobre los casos de violencia contra las mujeres.

“El grupo de trabajo considera que esta falta de información por parte de la entidad federativa constituye un incumplimiento a su obligación de prevenir violaciones a derechos humanos de las mujeres y la violencia feminicida, toda vez que el hecho de no contar con cifras y estadísticas precisas en la materia, le impide adoptar las medidas preventivas y las políticas públicas adecuadas para garantizar a las mujeres el derecho a una vida libre de violencia”.

Las autoridades locales tampoco han entregado información al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim).

Foto: Marlene Martínez

Foto: Marlene Martínez

3. Falta personal sensibilizado en las dependencias de procuración de justicia.

Los expertos resaltaron la “escasez de personal experto en psicología, en el área médica, jurídica y de trabajo social, en la mayoría de las instancias que brindan atención a mujeres víctimas de violencia, así como falta de contención emocional para el personal del servicio público en estas áreas”.

Asimismo observaron que las policías estatal y municipales no han adoptado la perspectiva de género en sus procedimientos, no hay Unidades para la Atención de la Violencia contra las Mujeres o personal especializado en el tema.

Otra cuestión es que muchas veces el actuar de los elementos de seguridad viola el debido proceso, generando que los casos se desvirtúen a favor de los presuntos responsables.

“El grupo considera importante tener en cuenta que en el sistema de justicia acusatoria la policía será la autoridad primera respondiente en muchos casos, por lo que además de la capacitación y procedimientos que deberá tener en esta materia, la misma debe estar complementada con la correspondiente capacitación para los casos de mujeres víctimas de violencia y el respeto de los derechos humanos de las personas victimarias”, versa el informe sobre la violencia de género.

"Zapatos rojos", instalación vs feminicidios Foto: Ámbar Barrera

«Zapatos rojos», instalación vs feminicidios
Foto: Ámbar Barrera

4. No se miden los resultados de los programas, capacitaciones y campañas.

Aunque el gobierno estatal detalló al grupo de trabajo que evalúa la declaración de alerta de género múltiples programas para la prevención de la violencia contra las mujeres, la entidad no proporcionó información sobre el impacto que éstos han tenido en la población objetivo ni la cobertura de los mismos.

Se sugirió entonces que los programas cuenten con indicadores de diseño, implementación y resultado, de manera que sea posible verificar si han cumplido o no con su objetivo, y en su caso, realizar los ajustes correspondientes con perspectiva de género.

Algo similar ocurre con las campañas de comunicación pues aunque son abundantes y por parte de varias dependencias hace falta seguimiento y evaluación, además de una mayor coordinación y deben atender también a los grupos vulnerables –indígenas, migrantes, trabajadoras sexuales, adultas mayores y con discapacidad, entre otros-.

A la par tiene que haber campañas de difusión internas para promover el respeto de los derechos humanos y que en las instalaciones gubernamentales haya material de difusión para el público.

En cuanto a las capacitaciones y cursos a funcionarios, los integrantes del grupo de trabajo señalaron que las acciones no se traducen en la profesionalización de las y los servidores públicos, y no se reflejan del todo en el desempeño de la mayoría de las autoridades entrevistadas. Asimismo existe una gran rotación de personal que tiene el primer contacto con las víctimas.

Protesta contra femincidios en Puebla. Foto: Enrique Maraver | Quincunce Medios

Protesta contra femincidios en Puebla.
Foto: Enrique Maraver | Quincunce Medios

5. Hay limitaciones en la atención a víctimas en municipios alejados de la capital.

El grupo de trabajo detectó que algunas de las limitantes a la atención adecuada para la prevención se deben en gran medida, a la distribución geográfica, tipo de población y falta de personal e infraestructura de las instancias municipales.

El personal en la Fiscalía Regional es insuficiente, no cuentan con infraestructura necesaria para las brindar los servicios a las víctimas y tampoco con personal especializado, por lo cual los agentes tienen que atender centenares de expedientes y eso retrasa los tiempos de atención.

Foto: @earoche

Foto: @earoche

6. El gobierno destina pocos recursos y no dice en qué se gastan.

Además de los 16 millones que ejerce el IPM, el gobierno poblano informó que para 2016 se etiquetaron 39.5 millones en la “agenda de igualdad”.

Sin embargo los recursos destinados al IPM apenas crecieron 3.3% este año respecto a 2015, lo que ubica a la dependencia como una de las diez con menor presupuesto a pesar de que Puebla es el quinto estado más poblado del país.

“En este sentido, se exhorta al estado a fortalecer a todas las instancias encargadas de atender a las mujeres víctimas de violencia, de manera que cuenten con la infraestructura, recursos humanos y materiales necesarios para cumplir con sus atribuciones”, dice el documento presentado dado a conocer hoy.

De igual forma se menciona que el estado no señala con precisión cuál fue el presupuesto destinado en específico para igualdad entre hombres y mujeres, tampoco presentó mecanismos de evaluación de resultados.

Foto: @earoche

Foto: @earoche

7. No hay reparación de los daños a las víctimas y son pocas las órdenes de protección.

Otro de los hallazgos que se revelen en el informe del grupo de trabajo es que la reparación integral del daño que promueve la FGJ se limita a atención sicológica y pago de gastos funerarios, por lo cual hacen falta mecanismos más amplios que vayan acorde a lo establecido en la Ley General de Víctimas.

Los expertos y expertas encontraron que no es común que la fiscalía poblana solicite en los casos de feminicidio la reparación del integral del daño, sino que se limitan a una indemnización.

A pesar que las órdenes de protección son reconocidas como una buena práctica a nivel internacional por ser un medio a través del cual se permite garantizar la seguridad de la víctima por el tiempo en el que se encuentra en proceso legal su situación, el Tribunal Superior de Justicia del Estado ha dictado de 2015 a la fecha sólo 31 órdenes de protección a personas del género femenino.

Mientras que la FGJ emitió 381 órdenes de protección del año 2013 al 2016, de las cuales 353 fueron de naturaleza urgente, y 28 de naturaleza preventivas, todas por un periodo de

72 horas, con excepción de una que tuvo una duración de 15 días.

Esto podría deberse a que las autoridades competentes apuestan por la mediación para atender la violencia contra las mujeres, evidenciando así la falta de criterio y perspectiva de género pues muchas de las víctimas no padecen violencia de forma aislada.

Foto:  Ámbar Barrera

Foto: Ámbar Barrera

8. Falta armonización en la normativa estatal.

Los académicos y académicas hicieron observaciones para que se mejoren y armonicen con las disposiciones federales seis leyes locales, así como el Código Civil y el Código Penal.

En general se pide que establecer los reglamentos de las normativas, asignar presupuesto, vigilar las acciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en la materia, prever la conformación de refugios para las víctimas, dar atención especializada a las víctimas sobre todo las pertenecientes a grupos vulnerables y la reeducación de los agresores.

Además se pide la revisión de la figura del matrimonio pues sólo se considera así la unión de un hombre y una mujer, evitando la conformación de otro tipo de familias; reconocer los gastos de embarazo y parto como en la demanda de alimentos, tipificar el abuso sexual de menores de edad y aumentar la penalidad de los delitos sexuales.

Foto: Marlene Martínez

Foto: Marlene Martínez

9. Se reconoce que hay retraso en la consignación y sentencia de responsables.

Si bien el porcentaje de casos de mujeres calificados como feminicidios ha aumentado desde julio de 2015 a la fecha, esto aún no se ha traducido en sentencias condenatorias por este delito, puesto que a casi cuatro años de la adopción del tipo penal sólo hay tres sentencias condenatorias de feminicidio, a pesar de que en ese período han sido asesinadas 257 mujeres.

Esto puede implicar tanto incapacidad del MP de presentar acusaciones sólidas por este delito, como resistencia del Poder Judicial de adoptar este tipo penal y conceptualizarlo como un fenómeno jurídico diferente del homicidio.

De acuerdo a datos del Secretariado Ejecutivo de Sistema Nacional de Seguridad Pública por violación, en 2003 se alcanzó el máximo de 791 denuncias, 180 personas sujetas a proceso y 142 personas condenadas, es decir, un 78.8% de los acusados obtuvo una sentencia. Para 2012 sólo el 6.8% de los responsables fue sentenciado.

Foto:  Ámbar Barrera

Foto: Ámbar Barrera

10. Secretaría de Salud no reporta todos los casos de violencia familiar a los MP.

La norma NOM-046-SSA2-2005 obliga a la Secretaría de Salud a dos cosas: la detección de la violencia y la notificación de estos casos al MP

Al respecto, la información disponible del Subsistema Automatizado de Lesiones y Causas de Violencia para las atenciones brindadas a mujeres de 2010 a 2014 muestra que la dependencia sólo dio aviso al MP en un uno de cada tres casos de las lesiones por violencia familiar.

En contraste la secretaría el aviso al MP en 7.3% de las lesiones accidentales, en 63% de las auto infligidas y 18.6% de las que se ignora la intencionalidad, a pesar de que la norma marca que únicamente se dé aviso si es violencia familiar o sexual.

“Esta falta de cumplimiento de la NOM-046 resulta más preocupante al considerar la repetición de los eventos. Así, en las atenciones a las mujeres víctimas de violencia sexual, tanto en Puebla como en el total del país, el porcentaje de aviso al MP es menor cuando se trata de eventos repetidos”, se señala en el informe.

Foto: Marlene Martínez

Foto: Marlene Martínez

¿Cuáles son las recomendaciones del grupo de trabajo?

1. Elaborar un diagnóstico estatal sobre todos los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, de acuerdo con la definición que se hace en la Ley General de Acceso, que busque identificar las problemáticas particulares de cada región.

2. Garantizar el funcionamiento del Banco Estatal de Datos (CEDA), para que todas las instancias y dependencias de la administración pública estatal obligadas por ley, suministren información en tiempo y forma sobre la situación de violencia contra las mujeres en la entidad. Así como que la información se alimente de forma mensual y se actualiza de forma trimestral.

3. Implementar y diseñar campañas permanentes con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad dirigidas a la sociedad en su conjunto, con el propósito de visibilizar los tipos y modalidades de violencia de género y prevenir la violencia contra las mujeres considerando que ésta constituye un delito de manera externa e interna. Además de elaborar sus respectivos seguimiento, medición y evaluación.

4. Realizar las acciones necesarias para sensibilizar a los medios de comunicación del estado en materia de género, derechos humanos, respeto a las víctimas y violencia contra las mujeres. Asimismo, es necesario promover a través de las universidades, la creación de un observatorio de medios de comunicación locales con el fin de eliminar visiones sexistas y estereotipadas, prevenir la violencia de género e impulsar el respeto de los derechos humanos de las mujeres.

5. Realizar programas de capacitación y profesionalización permanente en materia de derechos humanos y perspectiva de género para todo el personal de las instituciones encargadas de la atención, prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, que les permita fortalecer sus capacidades, brindando la mayor protección a las mujeres víctimas de violencia y sus familiares con sus respectivos mecanismos de seguimiento y evaluación.

6. Impulsar modificaciones legislativas urgentes a leyes y los Códigos civil y penal.

7. Implementar una estrategia de vinculación con instituciones de educación superior para la prevención y detección de casos de violencia contra las mujeres, así como deberán implementarse acciones para la prevención y detección de casos de violencia contra las mujeres.

8. Modificar el Protocolo de Investigación del Delito de Feminicidio y, además, otro de Trata de Personas conforme a los más altos estándares en la materia y a las necesidades del sistema penal acusatorio, el cual debe contener como mínimo el estudio del tipo penal en la entidad, las herramientas de actuación para acreditar las razones de género, el establecimiento de un plan de investigación, el contenido mínimo de la acusación, la formulación de la teoría del caso y la solicitud de la reparación integral del daño.

9. Fortalecer a las instituciones involucradas en la prevención, atención, investigación y sanción de la violencia en contra de las mujeres, que incluya la distribución clara de competencias de tales instituciones conforme a la Ley de Acceso Local. Otorgar al IPM recursos materiales y humanos suficientes, mejorar la infraestructura y personal de los MP y la creación de una unidad especializada para la atención de la violencia de género.

10. Realizar programas de capacitación efectivos en la aplicación de la NOM-046, en materia de derechos humanos y no discriminación, con un enfoque de género e interculturalidad, dirigido al personal de servicios de salud, a fin de que desarrollen las habilidades y competencias necesarias para la aplicación de la norma y asegure un trato respetuoso, competente y apegado a los derechos de las y los pacientes. Dichos programas deben especificar los mecanismos de seguimiento, evaluación y certificación del personal.

11. Garantizar el conocimiento y dominio de este protocolo por parte de los responsables de su aplicación. Incluir esquemas para valorar el riesgo a fin de que las medidas de protección ordenadas sean adecuadas. Asimismo, deberá implementarse un mecanismo de seguimiento y evaluación periódica de las medidas adoptadas y llevar con precisión un registro administrativo de todas las órdenes de protección dictadas por las autoridades competentes en la entidad federativa.

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Autor Lado B
Samantha Paéz
Soy periodista y activista. Tengo especial interés en los temas de género y libertad de expresión. Dirigí por 3 años el Observatorio de Violencia de Género en Medios de Comunicación (OVIGEM). Formo parte de la Red Puebla de Periodistas. También escribo cuentos de ciencia ficción.
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